Sábado 20 de Abril de 2024

Hoy es Sábado 20 de Abril de 2024 y son las 00:59 -

14.5°

SALTA

POLITICA

14 de febrero de 2017

Monotributo:la AFIP notificará por Internet

Los contribuyentes que se inscriban desde este mes deberán tener domicilio fiscal electrónico ya que alli recibirán los avisos de la AFIP. Para los que requieran respuesta, el plazo comenzará a correr desde que el comunicado llegue a sus correos.

Los contribuyentes que a partir de este mes se adhieran al Monotributo deberán prestar mucha atención a las notificaciones que AFIP les envíe por Internet a una casilla de mail previamente informada. Los comunicados que se realicen por esa vía serán considerados oficiales. 

Cabe recordar que entre los diferentes cambios anunciados la semana pasada para el Monotributo (Resolución General 3990-E), se determinó que aquellas personas que se inscriban a partir de ahora al Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes deberán tener obligatoriamente un “Domicilio Fiscal Electrónico”(la misma obligación tendrá el resto de los monotributistas a partir de setiembre de este año). 

A través de ese dominio virtual los usuarios recibirán los martes y viernes de cada semana diversas notificaciones por parte del organismo.

En aquellos casos en los que sea necesaria una respuesta por parte del contribuyente, los plazos comenzarán a regir a partir del día en que se envió la notificación, aunque el usuario no la haya visto.

Es decir que si la AFIP le avisa hoy vía correo electrónico a un monotributista que tiene 10 días para presentar una declaración jurada, el plazo vencerá el 24 de febrero, aunque el usuario no vea nunca el comunicado o lo vea días después.

El propio organismo advirtió en su página web que “entenderá que el usuario revisó su Domicilio Fiscal Electrónico”. Por lo tanto, dejó en claro que no dará lugar a reclamos de los usuarios.

Monotributo electrónico

Además del domicilio fiscal, los monotributistas deberán acostumbrarse a realizar otros trámites por Internet. 

Uno de ellos es el pago de las obligaciones tributarias por medios de pago electrónicos. Hoy esa condición es obligatoria para las categorías “H”, “I”, “J” y “K, pero en el transcurso del año se incorporará a las demás categorías.

Las escalas “F” y “G” deberán pagar electrónicamente a partir de abril; las “D” y “E” desde mayo y las “A”, “B” y “C” a partir de noviembre. 

Puntualmente, AFIP puso a disposición de los usuarios cuatro modalidades de pago: transferencia electrónica de fondos, débito automático mediante la utilización de tarjeta de crédito, débito directo en cuenta bancaria y pago a través de cajeros automáticos bancarios. 

Otra obligación que se deberá hacer por vía electrónica es la emisión de facturas. Según indicó AFIP, ya es obligatoria la emisión de facturas electrónicas para toda la facturación de las categorías “H” en adelante y a partir del 1 de junio de este año se sumará a las demás categorías. 

Las facturas deberán ser generadas a través de AFIP con la correspondiente clave fiscal, ya sea por la web o a través de la aplicación del organismo para celulares. 

Por el momento quedarán exceptuadas las emisiones de comprobantes a consumidores finales.

La recategorización

Uno de los puntos más polémicos entre los cambios del Monotributo anunciados por AFIP, es la posibilidad de que el organismo estatal recategorice de oficio a los contribuyentes.

Según dicta la Resolución General 3990-E, AFIP puede cambiar de categoría a los usuarios cuando detecte que sus gastos e ingresos anuales son mayores a los declarados. En esos casos, la AFIP lo ubicará en la escala que corresponde.

Para determinar la categoría, el organismo considerará el total de ingresos detectados más un 20% para los prestadores de servicio o 30% para quienes se dediquen a la venta de cosas muebles. 

Según el contador Carlos Schestakow, “la Resolución General 2.847 prevé la posibilidad de que el usuario presente un descargo frente a la AFIP”. No obstante, el organismo no ha dejado claro cómo se debe accionar en esos casos. 

 

Convenio entre AFIP y la Provincia

El gobernador Alfredo Cornejo y el director de la AFIP, Alberto Abad, firmaron ayer un convenio específico de colaboración entre ambas partes.

El convenio contempla el intercambio de información de interés fiscal, información de la “Central de Balances” e información sobre la memoria, estados contables e informes de auditoría de sociedades que dispongan, ya sea de carácter administrativo o con fines fiscales. 

Se buscará que la inscripción, registro, modificación, disolución y liquidación de sociedades, asociaciones y fundaciones puedan realizarse por medio de una ventanilla única.

Además la AFIP habilita a la ATM a acceder al uso del Sistema de Oficios Judiciales (SOJ). Aseguran que el intercambio de datos será confidencial.

 

Darán créditos en 60 cuotas al 12% para los que facturan

El ministerio de Producción anunció ayer una línea de créditos para monotributistas en 60 cuotas a una tasa de 12% anual, destinados a proyectos que busquen incrementar la capacidad productiva de las micro empresas.

La gestión del crédito se realizará bajo la modalidad "Trámite a distancia” (TAD), con un cupo total disponible de 50 millones de pesos, hasta agotar su disponibilidad.

Los montos a financiar partirán desde un mínimo de 10 mil pesos, mientras que el tope será el equivalente a una vez y media el monto máximo de la categoría a la que pertenece el monotributista, sin superar los 900 mil pesos.

En tanto, la devolución del crédito contará con un plazo de 60 meses a una tasa en pesos de 12 por ciento de interés anual, que se mantendrá fija a condición de que el beneficiario incremente al menos una categoría del monotributo, dentro de los primeros 24 meses del crédito.

Los proyectos de inversión deberán estar destinados a la adquisición de bienes de capital, nuevos o usados, vinculados con la actividad; construcciones o instalaciones; materias primas e insumos para la producción y otros recursos a ser empleados a la actividad productiva del solicitante.

Los interesados deberán tener una antigüedad mínima de seis meses en el Monotributo y encontrarse inscriptos en el registro pyme de AFIP. En tanto, los monotributistas vinculados con el sector agropecuario quedan excluidos de ese crédito.

DyN



COMPARTIR:

Comentarios

Escribir un comentario »

Aun no hay comentarios, sé el primero en escribir uno!