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28 de octubre de 2017

Rajoy y Santamaría asumen la presidencia del Govern y los ministros el resto de conselleries

El BOE publica un real decreto en el que el presidente del Gobierno asume las competencias del president y las delega en la vicepresidenta

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado esta noche un real decreto por el que el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, “asume las funciones y competencias que corresponden al presidente de la Generalitat de Catalunya, previstas en el Estatuto de Autonomía”; la vicepresidenta, Soraya Sáenz de Santamaría, asume las competencias que corresponden al vicepresidente de la Generalitat, y los ministros asumen las respectivas carteras de los consellers de Catalunya. Así, “como titulares de sus departamentos, quedan habilitados para el ejercicio de las funciones”.

Se trata de un real decreto, el 944/2017, de 27 de octubre, por el que se designa a órganos y autoridades encargados de dar cumplimiento a las medidas dirigidas al Gobierno y a la Administración de la Generalitat de Catalunya, y que tiene por objeto asumir las competencias de los máximos dirigentes del Govern una vez decretado el cese del Puigdemont, Junqueras y el resto de consellers.

El jefe del Gobierno “delega las funciones que se le atribuyen” como president de la Generalitat en este decreto, en la vicepresidenta Soraya Sáenz de Santamaría

En dicho decreto se designan los órganos habilitados para la efectiva aplicación de las medidas autorizadas por el Senado: el presidente del Gobierno, la vicepresidenta del Gobierno, el Consejo de Ministros y los ministros como titulares de sus departamentos. De esta forma, el Consejo de Ministros sustituirá provisionalmente al Consell Executiu, que hasta el momento era el organismo encargado de acordar las decisiones y deliberaciones del Ejecutivo catalán.

El objetivo de este real decreto, según se indica en él mismo, es doble: “ejercer las actuaciones necesarias para garantizar que la Administración y la Generalitat restaure y actúe conforme al orden constitucional y legal”, y garantizar “el funcionamiento de la Administración y de sus organismos, entes, entidades y sector público empresarial dependientes”. Además, en el decreto se establece que las nuevas habilitaciones “se realizarán con sujeción a los principios de prudencia y proporcionalidad y con pleno respeto a la autonomía de Catalunya”.

El real decreto elude concretar un periodo de vigencia de lo dispuesto y se limita a señalar que lo estará “en tanto continúe en vigor el acuerdo del pleno del Senado” de este viernes

El real decreto elude concretar un periodo de vigencia de lo dispuesto y se limita a señalar que lo estará “en tanto continúe en vigor el acuerdo del pleno del Senado” de este viernes en el que se fijaron el alcance de las medidas a aplicar en Catalunya en virtud del artículo 155 de la Constitución.

En la exposición de motivos del real decreto, se argumentan las medidas adoptadas por la necesidad de “restaurar la legalidad constitucional y estatutaria, asegurar la neutralidad institucional, mantener el bienestar social y el crecimiento económico”, así como “asegurar los derechos y libertades de todos los catalanes”.
on este decreto se descarta la posibilidad de que se el delegado del Gobierno en Catalunya, Enric Millo, pueda ser designado provisionalmente nuevo president de la Generalitat, tal y como se había especulado hasta el momento. De hecho, el propio Millo ha comentado este mismo sábado que entiende que no cambiará su condición actual y seguirá siendo el delegado del Gobierno.
“El presidente Rajoy es ahora mismo la primera autoridad de Catalunya”, ha comentado Millo en una entrevista en RAC1, quien también ha abierto la puerta a que en las próximas horas, días o semanas pueda haber más ceses por parte del Gobierno. “Puede pasar perfectamente que pueda haber más ceses, pero será en el menos de los caso posibles y depositando la máxima confianza en las personas que forman parte de la Administración” de la Generalitat, ha comentado.

Millo ha dejado en manos de los ministros la posibilidad de que puedan “modificar, cesar o cambiar” a cualquier alto cargo: “Puede pasar en próximas horas, días o semanas, en función de cómo se lleven a cabo las funciones de los próximos días”.



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