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JUSTICIA

19 de diciembre de 2017

Por qué el juez no ordenó detener a Echegaray

El magistrado ordenó la detención de los empresarios kirchneristas, pero no del ex jefe de la AFIP.

Los empresarios K Cristóbal López y Fabián De Sousa fueron procesados por administración fraudulenta con prisión preventiva por la apropiación de unos 8.000 millones de pesos en uno de los impuestos a los combustibles que se recaudaban en las estaciones de servicio de la empresa Oil.

El juez Julián Ercolini procesó además a Ricardo Echegaray ex titular de la AFIP pero consideró que no era necesaria su detención. Pero cuáles fueron los argumentos del juez para diferenciar una de otra situación judicial.

En el caso del ex funcionario K, Ercolini planteó que más allá del delito atribuido, “no sería correcto presuponer que el imputado intentará entorpecer el curso de la investigación y/o eludir el accionar de la justicia”.

 

Entre las razones aducidas, indicó que Echegaray “mostró sujeción al proceso” y que “no registra antecedentes condenatorios, como así tampoco declaraciones de rebeldía vigentes a su respecto”.

Por otro lado, se indicó en la resolución que hay “certeza acerca de su identidad y de su lugar de residencia, lo que vislumbra una actitud positiva frente al desarrollo del proceso”.

Las consideraciones sobre Cristóbal López y Fabián De Sousa fueron diferentes. Para el juez Julián Ercolini ambos empresarios tuvieron acciones “dirigidas a obstruir la labor de la justicia”.

Se detalló la intención de vender las acciones del Grupo Indalo cuando estaba ordenada una inhibición de bienes. Para esto pidieron la autorización del juez ya que sólo se lograría levantando la medida cautelar. "La inhibición estaba vinculada directamente al pago de la deuda y que de los escritos presentados por los imputados no surgía cómo se iría a abonar; como así tampoco se observó cómo harían frente a la eventual reparación de los daños y perjuicios ocasionados al Estado nacional”, señaló Ercolini.

El juez entendió que los dueños de Indalo han desplegado “diversas conductas tendientes a impedir la conservación de la garantía jurisdiccional que se buscó preservar por medio de la cautela dispuesta en esta pesquisa”. Fueron ellos mismos quienes manifestaron “haber vendido sus tenencias accionarias -cuando les estaba vedado conforme ya fue expuesto- con anterioridad a haber solicitado autorización para ello”.

Y que pese al rechazo del juez, del fiscal Gerardo Pollicita y de la AFIP como querella y denunciante, a la operación para vender el grupo Indalo “no dejaron sin efecto la operatoria en cuestión; lo que demuestra a todas luces su voluntad de apartarse de la manda judicial”.

 

Pero que en el cúmulo de los argumentos, los veedores judiciales expusieron que no les constaba la existencia de peligro en la continuidad de los negocios, algo que argumentaba López y De Sousa para desprenderse de su holding.

También se consideró que López y De Sousa “tenían como objeto de lograr excluirse del pago de la deuda fiscal, como por ejemplo el cambio de domicilio de Oil Combustibles SA para sustraerse de la acción judicial -a fin de presentar su concurso preventivo en la jurisdicción de la ciudad de Comodoro Rivadavia, provincia de Chubut- y la posibilidad de venta exteriorizada respecto del Banco Finansur SA”. Esta operación fue rechazada en el fuero comercial al ser considerada “fraudulenta”, ya que el domicilio de Oil aún se encontraba en Buenos Aires, por lo que no debía radicarse el concurso en Chubut.

Durante el proceso se dio la orden de que las empresas presenten el resultado de operaciones comerciales autorizadas por el juzgado, “lo que hacían tardíamente”.

Con informaciòn de agencias



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