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POLITICA

20 de diciembre de 2017

Los principales cambios en la reforma tributaria introducidos por Diputados

A pesar de los pedidos de modificación, se mantuvo el artí­culo 49 que establece que las indemnizaciones y retiros voluntarios pagarán ganancias, aunque sólo cuando se trate de montos superiores a los fijados en la ley de contrato de trabajo.

La Cámara de Diputados introdujo diversas modificaciones en el proyecto de ley de Reforma Tributaria, que pasó al Senado para su tratamiento.

A pesar de los pedidos de modificación, se mantuvo el artí­culo 49 que establece que las indemnizaciones y retiros voluntarios pagarán ganancias, aunque sólo cuando se trate de montos superiores a los fijados en la ley de contrato de trabajo.

En el caso de las bebidas azucaradas, se le intentó aplicar una alí­cuota del 17% pero ante el reclamo del gobernador tucumano Juan Manzur y de productores de esa provincia, se mantuvo el actual impuesto de 4% para aquellas gaseosas que tienen jugo de limón, y 8% para las analcohólicas, con o sin azúcar.

Se reduce a la mitad el IVA de los pollos, cerdos y conejos, con el fin de permitir que bajen los precios de esos productos alimenticios de neto corte proteico y que son clave en la canasta familiar.

. Respecto del impuesto interno a las cervezas, del 17% previsto en el proyecto original se redujo al 14%, mientras que para las artesanales el gravamen quedó fijado en un 8%, por pedido de los representantes de un sector que en los últimos años ha registrado un importante crecimiento, con aumentos en la producción y en la apertura de locales. 

Los artículos 23 y 24 de la reforma que proponían gravar con el impuesto a las Ganancias a cooperativas y mutuales, fueron finalmente descartados ante los reclamos de entidades del sector, apoyados por diputados de la oposición y aceptados luego por el oficialismo.

 

Principales claves

-Las bebidas azucaradas de limón tendrán un impuesto del 4%, mientras que para el resto será del 8%;

-Los impuestos internos de las cervezas, por su parte, se eleva de 8% a 17%;

-Los vinos y los espumantes no serán gravados con impuestos internos;

-La alícuota y el impuesto mínimo para los cigarrillos será del 70%;

-Impuestos a la transferencia de inmuebles: se deja de aplicar para la primera vivienda y se aplica una alícuota de 15% en la segunda vivienda;

-Se bajarán las alícuotas para automotores y motos de gama media de 10 a 0% y subirán de 10 a 20% para aeronaves, embarcaciones y motos de alta gama;

-Se aplicará un mínimo no imponible de $12.000 para contribuciones patronales, que se pagarán por el exceso de ese monto salarial;

-Sube de 4 a 5% la alícuota en la telefonía móvil;

-Bajarán de 17 a 0% la alícuota para productos electrónicos para equiparar los valores con los precios internacionales.



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