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JUSTICIA

8 de octubre de 2019

Sería inminente el juicio contra Lautaro Teruel

Lautaro Teruel, detenido y acusado por abuso sexual

Luego de que le impugnaran dos apelaciones, la causa se encamina hacia el juicio. Teruel continuará detenido.

Lautaro Teruel, detenido y acusado por abuso sexual en perjuicio de quien era una niña, sigue recibiendo malas noticias, ahora el juez de Impugnación, Eduardo Barrionuevo, le denegó dos apelaciones y la causa se encamina hacia el juicio.

Sus abogados apelaron la ampliación de la acusación, luego de recibirse una nueva denuncia de una segunda víctima y que se den por nulos los audios en donde él mismo reconoce hacer abusado sexualmente de la víctima cuando era una niña.

El juez explicó que no le  corresponde intervenir en  una valoración de los elementos de convicción desde el primer decreto de citación a audiencia de imputación y su ampliación. Mucho menos le corresponde examinar si la calificación de abuso sexual agravado por la participación de dos o más personas es la que corresponde al hecho denunciado. En caso de suceder de esta manera sería el juez quien realice la acusación cuando antes el sistema aseguró al justiciable su imparcialidad.

Agregó que la manera en que el fiscal realiza su investigación y la calificación del hecho denunciado, le compete exclusivamente a este órgano acusador, siempre y cuando se realice una relación circunstanciada del hecho y se expresen los fundamentos de la acusación. El juez sólo podrá intervenir en caso de existir arbitrariedad o extrema irrazonabilidad, lo que no se vio reflejado en el caso en cuestión.

En cuanto al pedido de  nulidad de los archivos de audio aportados como prueba por la querella, el juez Barrionuevo dijo que no debe confundirse un allanamiento ilegal o una escucha ilegal con la grabación de una conversación por parte de su protagonista. Dijo agregó que al efectuarse esta grabación no se afecta de modo arbitrario la intimidad de Teruel, ya que sabe con quién está hablando y expresa allí lo que quiere decir. En el caso en cuestión, no es un tercero el que intercepta la conversación, sino que es la destinataria del mensaje emitido, y es ella quien decide qué hacer con el mismo.

Tampoco puede considerarse como violatoria de la garantía de la no autoincriminación, ya que no existió ningún mecanismo coactivo, no fue obligado ni amenazado para decir lo que dijo, no se extrajo la declaración sin su consentimiento.

En cuanto al cuestionamiento de si esos audios pueden ser utilizados por el Estado, la respuesta es afirmativa, ya que fueron entregados por la propia víctima. Se trata entonces de una grabación legal, pues fue hecha en un ámbito donde no había expectativa de reserva, ya que la víctima no es profesional de la salud, ni ministro de culto, abogado, etcétera. Además fue legalmente introducida al proceso, ya que fue provista voluntariamente por la víctima.



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