Jueves 28 de Marzo de 2024

Hoy es Jueves 28 de Marzo de 2024 y son las 14:45 -

16.6°

SALTA

JUSTICIA

18 de octubre de 2019

IVA y Ganancias: otro revés de la Corte para Macri

El Gobierno no sabe de dónde obtendrá los 30.000 millones de pesos que supone la implementación de recortes al IVA y a Ganancias.

El tribunal desestimó el pedido del Gobierno para que aclare el fallo que ordena no afectar a las provincias.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó ayer el pedido realizado por el Gobierno de Mauricio Macri para que brinde aclaraciones en la causa en la que resolvió que la reducción del IVA y del impuesto a las Ganancias no puede afectar los fondos de coparticipación a las provincias.

Como anticipó Los Andes la semana pasada, con la firma de los ministros Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti, el máximo tribunal de justicia del país desestimó el pedido realizado por la Procuración General del Tesoro, por lo que el Gobierno deberá acatar el fallo inicial tal cual fue comunicado y no afectar los recursos de las provincias. 

La denominada “mayoría peronista” del máximo tribunal de justicia emitió un fallo con duros términos, dirigido directamente al presidente Mauricio Macri, a quien responsabiliza de tomar una decisión de forma inconsulta, y le pide que se haga cargo de las consecuencias fiscales.  

Lo dramático de la situación es que el Gobierno no sabe de dónde obtendrá los 30.000 millones de pesos que supone la implementación de recortes al IVA y a Ganancias, que comenzó a ser implementada a fines de agosto y por lo cual la coparticipación a las provincias ya fue afectada. 
 
Mediante las medidas cautelares dictadas el 1 de octubre de 2019, la Corte había ordenado que los efectos fiscales de la aplicación de los decretos n° 561/19 y n° 567/19 sean asumidos con recursos propios del Estado Nacional sin afectar la coparticipación.

Ese fallo fue favorable para las provincias de Catamarca, Chubut, Entre Ríos, Formosa, La Pampa, La Rioja, Misiones, Salta, San Juan, San Luis, Santa Cruz, Santa Fe, Santiago del Estero, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y Tucumán.

 
Para desestimar el pedido de aclaratoria que luego hizo la Procuración, el Tribunal remarcó en primer término que la presentación del Estado Nacional no explicaba cuál era la “complejidad técnica” y las supuestas “dificultades” para cumplir con las medidas dictadas.  

En ese sentido, el máximo Tribunal añadió que el Poder Ejecutivo debió haber cuantificado los costos de las reducciones impositivas que dispuso y tenido en cuenta sus efectos al momento de establecerlas por decreto.

Asimismo, recordó que, como se afirma en la propia presentación del Estado Nacional, es el Presidente, como jefe supremo de la Nación, jefe de gobierno y responsable político de la administración del país quien cuenta con los elementos y potestades tendientes a cumplir de forma efectiva lo resuelto por el Tribunal.

Por último destacó que su decisión no limitaba el diálogo institucional que el Gobierno y las provincias considerasen adecuado establecer para resolver el diferendo iniciado en agosto.



COMPARTIR:

Comentarios

Escribir un comentario »

Aun no hay comentarios, sé el primero en escribir uno!