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POLITICA

13 de julio de 2020

La AFIP prorrogó el pago de Bienes Personales y Ganancias

Asì mismo dispuso que no se tome en cuenta el perfil de riesgo de cada contribuyente.

Por: Por:Redacciòn FM Fleming"Magazine" con información de Agencia Télam

La AFIP prorrogó el plazo para regularizar los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales. Se dispuso que el pago se pueda realizar en tres cuotas.

La AFIP prorrogó el plazo para pagar los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales. Además, el ente recaudador dispuso que el pago se pueda realizar en tres cuotas. Lo hizo a través de la Resolución General 4.758, publicada en el Boletín Oficial de hoy.

La medida abarca a todos los casos a raíz de que se dispuso que hasta el 31 de agosto de 2020 no se considerará la categoría del Sistema de Perfil de Riesgo (Siper) en la que está encuadrado el contribuyente. Hasta ahora, esa categoría era la que definía si se puede o no solicitar el plan y el máximo de cuotas para pagar los impuestos.

La decisión se tomó luego de que el Poder Ejecutivo envió al Congreso el proyecto de la nueva moratoria impositiva para personas y grandes empresas. De esta manera, el plazo para regularizar Ganancias y Bienes Personales se extiende hasta el 31 de agosto.

La resolución, firmada por la titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont, indica que esto se podrá hacer “en hasta tres cuotas, con un pago a cuenta del 25 por ciento”.

Se trata de un beneficio que estuvo vigente hasta el 30 de junio, pero que el Gobierno decidió extender teniendo en cuenta la difícil situación por la que atraviesa el país como consecuencia de la pandemia del coronavirus.

La resolución indica que la AFIP estima “conveniente extender nuevamente el plazo” para que los deudores puedan acceder a este plan de pagos, para “facilitar a los contribuyentes y responsables el cumplimiento de sus obligaciones tributarias”.

Hace unos días, el oficialismo presentó en el Congreso el proyecto de Ley de Moratoria de deudas impositivas y previsionales para personas y empresas, que propone un cronograma para la cancelación de los incumplimientos acumulados como consecuencia de la crisis económica provocada por la pandemia.

Esta ley modificaría el Plan de Facilidades de Pagos vigente y, si bien amplía el universo de contribuyentes que pueden adherirse y los plazos, con esta iniciativa quedaban afuera los dos impuestos más importantes para las personas: Bienes Personales y Ganancias, ambos con vencimiento en julio.

Los principales puntos del proyecto

  • Amplía el universo de contribuyentes que pueden adherirse a todas las personas jurídicas y humanas. La moratoria vigente hasta ahora comprendía sólo a las pymes.
  • Permitirá incluir deudas vencidas hasta el 30 de junio de 2020
  • Será posible adherirse hasta el 31 de octubre de 2020. Y la primera cuota vence el 16 de noviembre.
  • Plazos de hasta 96 a 120 cuotas para las obligaciones tributarias y aduaneras, según el tamaño de las empresas y de los individuos que se adhieran.
  • Plazos de hasta 48 o 60 cuotas para las obligaciones correspondientes a los recursos de la seguridad social.
  • Condonación parcial de intereses y total de multas.
  • Tasa de interés fija del 2% mensual hasta enero de 2021 y, a partir de ese momento, se aplicará la tasa Badlar de los bancos privados.
  • Las empresas grandes que se adhieran tendrán restricciones. Durante 24 meses no podrán distribuir dividendos, realizar operaciones con títulos para adquirir dólares ni acceder al mercado cambiario (MULC) para realizar pagos a entidades vinculadas.


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