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ECONOMIA

7 de mayo de 2016

Alquileres: las inmobiliarias porteñas no podrán cobrar más de dos meses de comisión

Una resolución de la justicia impide cargarles a los inquilinos de viviendas más del 4,15% del valor total del contrato.

La justicia porteña suspendió de forma inmediata la resolución del Colegio Unico de Corredores Inmobiliarios de la Ciudad de Buenos Aires que habilitaba el cobro de comisiones por alquiler superiores a las establecidas en la ley local.

De este modo, los corredores inmobiliarios porteños no podrán cobrar a los inquilinos de viviendas más del 4,15% del valor total del contrato.

En caso de incumplimiento, se impondrá una multa de 20.000 pesos al Colegio de Corredores por cada caso acreditado.

La decision fue tomada este viernes por el magistrado Marcelo Segón, titular del juzgado N° 17 en lo Contencioso, Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires, quien dispuso"suspender en forma inmediata la Resolución CUCICBA N° 350/16" ante un amparo colectivo presentado por la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia y por Gervasio Muñoz en su calidad de inquilino e integrante de Inquilinos Agrupados.

El Colegio habilitó el cobro de hasta dos meses de alquiler de comisión aplicando el principio de libertad contractual para todas las comisiones inmobiliarias, incluidas las que cobran a los inquilinos de viviendas.

Ello, a partir de la sanción del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación y sin respetar la normativa local (ley 2340) que creó ese colegio profesional estableciendo regulaciones para la actividad.

Al hacer lugar al amparo, el juez dispuso que hasta tanto se dicte sentencia definitiva "los corredores inmobiliarios no podrán cobrar en concepto de comisión al inquilino de un inmueble con destino a vivienda un importe superior al 4,15% del valor total del respectivo contrato de acuerdo a lo dispuesto por la Ley N° 2340", en su artículo 57.

Fuente:DyN



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