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ECONOMIA Y POLITICA

12 de julio de 2016

Oficializan los nuevos valores para declarar ventas de bienes registrables

La medida de la AFIP comprende automotores, motos, inmuebles, embarcaciones, aeronaves y maquinarias.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) oficializó hoy los nuevos valores a partir de los cuales se deben informar las ventas de automotores, motos, inmuebles, embarcaciones, aeronaves y maquinarias.

La medida, anunciada días atrás, fue comunicada en el Boletín Oficial mediante la Resolución General 3904 de ese organismo.

Según el artículo 1, el monto para confeccionar el Certificado de Transferencia de Automotores (CETA) para los automóviles usados pasa de 30.000 a 100.000, mientras que para las motos, de los actuales 8.000 a 27.000.

Al igual que para los automóviles, la compraventa de maquinarias, embarcaciones y aeronaves deberán ser informadas cuando el precio sea igual o superior a los 100.000 pesos.

"Para elaborar el CETA se debe ingresar a la web de AFIP con Clave Fiscal al listado de sistemas habilitados, y hacer clic en la opción 'transferencia de bienes muebles registrables'. Una vez desplegadas las opciones disponibles se debe hacer clic en la denominada 'emisión de certificado'", informó la AFIP la semana pasada.

En tanto, según la Resolución, los titulares de los inmuebles deberán confeccionar el Código de Oferta de Transferencia de Inmuebles (COTI) cuando las operaciones resulten iguales o superiores a 1,5 millones de pesos, cuando hasta ahora se realizaba a partir de los 600.000 pesos.

El COTI se tramita a través de la página web de la AFIP, ingresando con Clave Fiscal, mediante el servicio denominado "Transferencia de Inmuebles", opción "COTI".



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