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ECONOMIA

19 de julio de 2016

IVA: Ya devuelven a jubilados en cuenta de tarjeta de débito

Se les reintegrará hasta $ 300 por mes por compras hechas con tarjetas de débito. El dinero se les depositará en la cuenta. También se otorgará a beneficiados por planes sociales.

“Esa misma operación se realizará sobre todas las compras que haga el beneficiario hasta llegar a los $ 300 de integro. Pasando esa barrera, deberá abonar la totalidad del IVA que corresponda a cada producto”, agregó el contador. 

Comercios adheridos

La devolución del IVA no se aplicará en el 100% de los negocios. Los reintegros se aplicaran solo sobre compras en comercios minoristas y en comercios mayoristas que facturen a consumidores finales.

Además, los comerciantes no deberán asumir ningún gasto para adaptar el sistema de cobro por tarjetas beneficiaras de la ley, siempre y cuando estén anotados como pequeños contribuyentes.

 

Cuándo no podrán cobrar el impuesto

Cumplir con los requisitos que establece el Decreto 858/2016 no garantiza el ingreso al beneficio de la devolución del IVA. 

El contador Carlos Schestakow, señaló que hay una serie de excepciones definidas en la Ley Nº 27.253 (ley de Régimen de reintegro por compras en comercios de venta), que pueden dejar sin reintegro a algunas personas que cumplen con las condiciones mínimas. 

Concretamente “el artículo 5 de la Ley, establece que no tendrán devolución los perceptores que cuenten con más de un beneficio y/o prestación, sin considerar la Asignación Universal por Hijo, la asignación por Embarazo y las pensiones por fallecimiento, siempre y cuando estás últimas no excedan el haber mínimo de $ 4.959”, indicó el experto.

“También quedarán afuera quienes perciban otros ingresos que hayan sido declarados en el Impuesto a las Ganancias o en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes y quienes perciban ingresos en relación de dependencia o estén inscriptos en el Sistema Integral Previsional Argentino (SIPA) como trabajadores autónomos”, agregó el contador Carlos Schestakow.

Qué hay que saber

Quién accede: jubilados y titulares de pensiones no contributivas que no cobren más de $ 4.959 y beneficiarios de planes sociales. 

Cómo se tramita: el reintegro es completamente automático. 

Cómo funciona: Se debe comprar con tarjeta de débito en comercios minoristas o mayoristas que facturen a consumidor final.

Cuánto se devuelve: Se reintegra 15% sobre el valor final del producto y hasta $ 300 por mes.

Quienes quieran cobrar los montos fijos, deberán cumplir las siguientes condiciones:

· Bono de $150: podrá cobrarse hasta dos veces. Una por cada compra de productos de la canasta básica realizada con tarjeta de crédito, débito o prepaga (las utilizadas para el cobro de algunos planes sociales) antes del 5 de agosto de este año inclusive.

·Bono de $75: podrá cobrarse por cada una de las cuatro primeras compras realizadas entre agosto y el 5 de septiembre inclusive.

·Bono de $50: por cada una de las seis primeras compras realizadas entre septiembre y el 5 de octubre inclusive.

El reintegro del 15% del IVA a alimentos y productos de la canasta básica está disponible para todas aquellas personas que cobren una Asignación Universal por Hijo (AUH), una Asignación por Embarazo, una jubilación mínima o una pensión o pensión no contributiva mínima. Según las estimaciones del Gobierno, más de ocho millones de personas se encuentran en condiciones de acceder al beneficio.

 



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