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16 de agosto de 2016

Sigue vigente la exención del impuesto automotor para personas discapacitadas

Para acceder al beneficio, se deberá adjuntar documentación diversa y completar un formulario.

Para acceder al beneficio, se deberá adjuntar documentación diversa y completar un formulario.

La Dirección de Rentas de la Municipalidad recordó que continúa vigente el beneficio de la exención del Impuesto a la Radicación de Automotores para discapacitados.

Los términos de las disposiciones están contenidos en el Código Tributario Municipal, Ordenanzas 13.254 y 14.899. Para acceder al beneficio, los interesados deberán adjuntar documentación diversa y completar un formulario.  

Para titulares:

*Fotocopia de primera y segunda hoja del Documento Nacional de Identidad del titular y cónyuge.

*Título del automotor que acredite la propiedad por parte del solicitante y/o de su cónyuge, carnet de conducir y su correspondiente Cédula Azul.

*Certificado de Discapacidad actualizado expedido por autoridad competente.

*Certificado de residencia y convivencia. Recibo de haberes.

*Cuenta corriente actualizada de $4 (solicitarlo en Emisión de Boletas).

*Sellado de $ 6 y fotocopia de formulario.

Para terceros:

*Fotocopia de primera y segunda hoja del Documento Nacional de Identidad del titular del vehículo y grupo familiar.

*Certificado de Discapacidad actualizado expedido por autoridad competente.

*Título del automotor que acredite la propiedad por parte del solicitante, y/o de su cónyuge, padres, tutores o curadores, que sea destinado al uso de las personas con discapacidad. Carnet de conducir y si correspondiere Cédula Azul.

*Autorización del juez, los tutores o curadores del discapacitado. En caso de no ser titular, el discapacitado deberá acreditar que el vehículo es para uso de transporte del mismo (declaración jurada por autoridad competente, Policía de la Provincia o escribano).

*Acta de matrimonio (cuando el cónyuge sea el esposo/a discapacitado).

*Partida de nacimiento del discapacitado.

*Cuando soliciten los hijos por sus padres discapacitados, deberán acreditar la paternidad a través de partida de nacimiento

*Recibo de haberes.

*Certificado de Residencia y Convivencia.

*Cuenta Corriente Actualizada valor $4 (solicitarlo en Emisión de Boletas).

*Sellado de $6 y sacar fotocopia del formulario.

Para más información, los interesados deberán concurrir a las oficinas de Rentas de la Municipalidad, área de Exenciones, avenida Paraguay 1240



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