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POLITICA

14 de diciembre de 2016

Oficializan excepción de Ganancias para aguinaldos de sueldos inferiores a $ 55.000 brutos

De acuerdo al decreto 1253 publicado en el Boletín Oficial, los aguinaldos de hasta $ 15.000 brutos no pagarán el gravamen, en caso de que el salario o la jubilación no superen los $ 55.000 en bruto.

De acuerdo al decreto 1253, publicado este miércoles, los aguinaldos de hasta $ 15.000 brutos no pagarán Impuesto a las Ganancias, en caso de que el salario o la jubilación no superen los $ 55.000 en bruto.

Como anticipó ámbito.com, la medida señala que si a un trabajador le corresponden más de $ 15.000 de aguinaldo y percibe menos de $ 55.000 solo tributará ganancias por el monto que exceda los 15.000 exceptuados.

La medida había sido anunciada por el titular de Hacienda, Alfonso Prat Gay, durante un contacto con la prensa en Parque Norte. El ministro afirmó que la decisión apunta a impulsar el consumo durante el último mes del año.

El decreto precisa que "a los fines de la determinación del impuesto a las ganancias correspondiente a la segunda cuota del Sueldo Anual Complementario del año 2016, se incrementa en $15.000 el importe de la deducción especial calculada".

Y aclara que "tendrá efectos exclusivamente para aquellos sujetos que obtengan rentas (...) cuando la mayor remuneración y/o haber bruto mensual, devengada entre los meses de julio y diciembre del año 2016, no supere la suma de $55.000".El Gobierno oficializó la excepción de la segunda cuota del aguinaldo del pago del Impuesto a las Ganancias, a través de la publicación de un decreto en el Boletín Oficial.



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