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21 de diciembre de 2016

Ganancias: Con el nuevo proyecto aumenta 75% el monotributo en todas la categorías

El máximo de facturación para quienes presten servicios pasará de $ 400 mil a $ 700 mil. Diputados deberá mantener estos números.

Aprobado el proyecto de Ganancias consensuado entre el Gobierno, gobernadores, referentes de la oposición y gremios, ahora falta que Diputados termine el trámite y se convierta en Ley. Esto implicará que el máximo de facturación aceptado para ser considerado monotributista pasará de $ 400.000 a $ 700.000 para quienes prestan servicios, y de $ 600.000 a $ 1.050.000 para las ventas de bienes muebles, en tanto que las cuotas aumentarán la mínima de $ 39 a $ 68, y la máxima de $ 2.700 a $ 4.725, en todos los casos con un incremento de 75% respecto de los valores actuales.

Las cuotas aumentarán la mínima de $ 39 a $ 68, y la máxima de $ 2.700 a $ 4.725

También se modificaron los valores máximos de facturación por escala, y se establecieron de la A a la K, cuando hasta ahora era de la B a la L. Así, para la primera categoría, A (ex B), la facturación máxima se fijó en $ 84.000 anuales de los actuales $ 44.000, que pagará una cuota de $ 68 al mes.

Para ser de la segunda categoría, B (ex C), no se podrá tener ingresos brutos mayores a $ 126.000, cuando en la actualidad están en $ 72.000, y la cuota pasará de $ 75 a $ 131. La tercera categoría, la C (ex D), que antes tenía un tope de facturación de $ 90.000, ahora será de $ 168.000, y la cuota de $ 224, en lugar de $ 128.

En el caso de la cuarta categoría, D (ex E), lo máximo que se podrá tener de ingresos brutos son $ 252.000, en vez de $ 144.000; y lo que se abona mensualmente pasará de $ 210 a $ 368.

El monotributista de la quinta categoría, E (ex F), no deberá superar los $ 336.000, actualmente en $ 192.000, y pagará $ 700 en lugar de $ 400.

Para el caso de la sexta categoría, F (ex G), el tope se fija en $ 420.000, hasta el momento en $ 240.000; y el pago mensual aumenta de $ 550 a $ 963.

La séptima categoría, G (ex H), pasará a tener un máximo de ingresos brutos de $ 504.000, de los actuales $ 288.000; y una cuota de $ 1.225, en lugar de $ 700.


La facturación máxima de la octava categoría, H (ex I), la última para prestación de servicios, pasará de $ 400.000 a $ 700.000, y la cuota de $ 1.600 a $ 2.800.

Quedan tres categorías más para el caso de las ventas de bienes muebles, cuyos topes pasarán en la I (ex J), de $ 470.000 a $ 822.000, y la cuota, de $ 2.000 a $ 3.500. En la J (ex K), el máximo de ingresos brutos permitidos pasará de $ 540.000 a $ 945.000, con un pago mensual que aumentará de $ 2.350 a $ 4.113.


Por último, la categoría K (ex L) tendrá un tope de $ 1.050.000, en lugar de $ 600.000; y una cuota de $ 4.725 en vez de $ 2.700. En todos los casos hay que sumarles $ 157 de aportes al Sistema Previsional Argentino (SIPA), y $ 419 a la obra social, en caso que corresponda.

Agencias

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