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ECONOMIA Y POLITICA

12 de agosto de 2014

Industriales debaten puertas adentro los proyectos de defensa del consumidor

En reserva, los dirigentes de la UIA analizan los pasos a seguir ante la iniciativa oficial. Los puntos clave del plan que rechazan los empresarios.


Los máximos representantes de la Unión Industrial Argentina (UIA) se encuentran reunidos en estos momentos en la sede de la entidad para definir la forma que darán al rechazo al proyecto de “Regulación de las relaciones de producción y consumo” propuesto por el Ejecutivo Nacional, que ya ingresó al Congreso para su debate.

La norma busca suplantar a la vieja Ley de Abastecimiento y endurece el control y el poder de policía del Estado en materia de abastecimiento de bienes y cumplimiento de los servicios.

Según pudo saber Cronista.com, los principales puntos de rechazo al proyecto radican en que establece una serie de pautas que, para los hombres de negocios, exceden la injerencia deseable del Estado en la empresa privada, entre ellos, márgenes de utilidad, precios mínimos y máximos para “todas y cualquier” etapa del proceso económico.

 

Además, permite dictar “normas relativas” a la comercialización y producción de todas las etapas del proceso de comercialización; disponer la continuación de la producción de bienes y la “fabricación obligatoria” de estos con niveles o cuotas mínimas, además de “requerir y secuestrar toda documentación contable o comercial” y establecer licencias comerciales.

 

“Esto es el fin de la empresa privada argentina”, aseguró un industrial minutos antes de comenzar la reunión presidida por el titular de la UIA, Héctor Méndez, quien tras protagonizar una serie de cruces con las autoridades nacionales fue recibido ayer, junto a otros empresarios, por el secretario de Comercio, Augusto Costa.

Las sanciones por incumplimientos también despiertan la indignación de los hombres de negocios; van desde multas, clausura, inhabilitación, decomiso y, en caso de reincidencia, “clausura definitiva” para quienes “eleven injustificadamente los precios”, revalúen existencias, acaparen materias primas y productos, nieguen o restrinjan arbitrariamente la venta de bienes o una prestación de servicios, discontinúen el abastecimiento normal y habitual de una zona o ramo comercial o no produzcan bienes con precios máximos y mínimos a los márgenes de utilidad fijados.

Estas facultades podrán ser ejercidas por la  Secretaría de Comercio o por las provincias, con el referendo de la autoridad nacional

Otro de los puntos que los desvela, informó una fuente que pidió no ser reconocida, es que las multas serán aplicables tanto a las personas jurídicas como a los directivos, y que deberán ser primero pagadas y después recurridas.Por Julieta Camandone



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