NACIONALES
3 de septiembre de 2014
Buenos Aires cobrará Ingresos Brutos por la compra y alquiler de películas, música y juegos por Internet
El Gobierno de Mauricio Macri cobrará desde el mes de noviembre una tasa del 3% en concepto de Ingresos Brutos por las compras y alquileres de películas, TV, música, juegos “y otro tipo de entretenimiento auiovisual” por Internet.
Estableció una retención del 3%. Es un impuesto que habitualmente paga el vendedor de un bien o servicio.
Aquí deberán retenerlo las entidades que se usen para las transferencias, ya que los proveedores suelen ser empresas extranjeras. Afecta, por ejemplo, a Netflix, Spotify, PlayStation, Amazon, xBox o Facebook.
Las dudas que abre la normativa. Leé la resolución.
El Gobierno de Mauricio Macri cobrará desde el mes de noviembre una tasa del 3% en concepto de Ingresos Brutos por las compras y alquileres de películas, TV, música, juegos “y otro tipo de entretenimiento auiovisual” por Internet.
Así lo establece la Resolución 593/14 de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) publicada ayer en el Boletín Oficial de la Ciudad que, sin embargo, deja algunas dudas sobre aspectos centrales de la aplicación.
La norma establece un régimen de retención “respecto de la contratación de servicios de suscripción online para acceder a películas, TV y otros tipos de entretenimiento audiovisual (“películas y series“) que se transmiten por Internet a televisores, computadoras y otros dispositivos conectados a Internet como así también por la suscripción para comprar y/o alquilar contenidos digitales relacionados con música, juegos, videos, o similares”.
Los agentes de retención serán las emisoras de “tarjetas de crédito, débito y compra que intervengan en las operaciones” y “la alícuota aplicable será del 3% sobre el precio neto de la operación y se practicará en el momento de la rendición de los fondos para su transferencia al exterior”, sin ningún mínimo exento.
Así, quedan incluidos Netflix, Spotify, Amazon y los juegos de Facebook, PlayStation y xBox, entre otros.
Ingresos Brutos es un impuesto que paga el vendedor de un bien o servicio. Cómo en este caso la Ciudad no puede retenerlo de las cuentas de los proveedores porque habitualmente están radicados en el exterior, lo retendrá de las transferencias que hagan los consumidores. Eso redundaría en que al proveedor le llegue menos dinero (un 3% menos). Aunque no se le suma a lo que paga el consumidor sino que se retiene de lo que debe cobrar el proveedor, es presumible que éstos trasladarán el aumento.
Entre otras dudas que abre la iniciativa es el de cómo hará la Ciudad para identificar que el consumo es de un usuario porteño, aunque presuntamente lo haría por el domicilio al que llega la tarjeta de crédito. Sin embargo, no está explicitado en la normativa.
También es dudoso cómo identificará, más allá de, eventualmente, el domicilio de radicación de la tarjeta o cuenta bancaria, el lugar en el que se hizo el consumo: si un habitante de la ciudad consume un servicio de suscripción por Internet afuera de la Ciudad y le paga por ese servicio a un proveedor de afuera de la Ciudad, a priori resulta llamativo que la Ciudad cobre por eso Ingresos Brutos.
Y todavía hay algo más: hay empresas que quedan incluidas que venden tanto bienes como servicios. Tampoco está claro cómo se distinguirá, por ejemplo, si uno "alquila" películas en Amazon para ver por Internet o la compra en soporte físico, o incluso si lo que adquirió es un libro impreso.
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