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POLITICA

20 de octubre de 2017

Un fallo avala la remoción de Gils Carbó sin juicio político

El juez Pablo Cayssials declaró la inconstitucionalidad del juicio político como sistema de remoción de la Procuradora general de la Nación.

 

La Justicia declaró inconstitucional el mecanismo de remoción previsto para sacar a la procuradora de su cargo, que establecía la necesidad de un juicio. El juez en lo contencioso administrativo federal Pablo Cayssials declaró la inconstitucionalidad del juicio político como sistema de remoción de la Procuradora general de la Nación. Si su sentencia fuera confirmada, Alejandra Gils Carbó podría ser removida en breve.


Esta resolución clave respondió a la demanda la organización Será Justicia y del Colegio de Abogados de la Ciudad que conduce el doctor Guillermo Lipera, dos instituciones particularmente activas en los planteos judiciales y políticos que objetan la labor de Gils Carbó. En su demanda, largamente fundamentada con fragmentos de las discusiones al respecto mantenidas por las convenciones constituyentes que trataron el asunto desde 1853, habían reclamado que la Constitución Nacional no establece el juicio político para remover a la Procuradora, que sólo fue incluida bajo ese requisito en el artículo 76 de la ley del Ministerio Público, reformada durante el kirchnerismo. El corazón de la argumentación es que la Carta Magna asemejó la inmunidad funcional del procurador con la de los legisladores, y no con la de los ministros de la Corte.


El juez Cayssials aceptó ese planteo, pues consideró inconstitucional el artículo de esa ley que equipara al procurador general con los jueces de la Corte Suprema en los mecanismos para removerlos de su cargo. Con un detalle: el juicio político para los miembros de la Corte está expresamente incluido en la Constitución.

"Si se admitiere la discrecionalidad del Congreso para determinar de antemano quiénes pueden gozar del privilegio derivado de ese status (la remoción a través de un juicio político) hasta que se levante su inmunidad, se vulneraría el principio de igualdad ante la ley, que es derivación directa del sistema republicano adoptado por la Constitución Nacional", escribe Cayssials en su sentencia. "Asimismo, del citado precedente puede colegirse que el Congreso Nacional no puede incorporar casos para los que se requiere juicio político cuando la Constitución así no lo establece, pues con ello se conculcaría el principio de separación de los poderes

La procuradora general de la Nación -espada clave del kirchnerismo en la justicia- está asediada por la justicia y la política: el juez federal Julián Ercolini la procesó por supuesta corrupción en la compra de un edificio para la procuración, y la comisión bicameral de seguimiento y control del ministerio público del Congreso ya pidió aquel auto de procesamiento y analiza impulsar el juicio político contra Gils Carbó. El fallo de esta mañana elimina ese requisito, y podría permitirle al gobierno explorar otros caminos para desplazarla. La jefa de los fiscales apelará la medida.

"El juez fue claro al decir que la exigencia legal del juicio político para​ remover a la procuradora es contraria a nuestra Constitución Nacional. Por ende, corresponde a hora que el Congreso esté a la altura de las circunstancias y subsane el error ocurrido, modificando el artículo declarado la ley del ministerio público declarado inconstitucional y sancione un mecanismo de remoción compatible con la Carta Magna", dijo a Clarín Lipera.



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