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POLITICA

23 de marzo de 2018

La Justicia declarò inconstitucional la ley inmigratoria

La Justicia consideró inconstitucional e injustificado el DNU de Macri que establece condiciones más estrictas basándose, entre otros argumentos, en un aumento de la inseguridad.

La Justicia le asestó un duro revés al Gobierno nacional al considerar inconstitucional e injustificado el decreto del presidente Mauricio Macri que endurece la ley inmigratoria.

La norma publicada en enero del año pasado está fundamentada, entre otros puntos, en un aumento de la delincuencia en el país, por lo que agiliza la deportación de extranjeros que delincan en territorio argentino.

Sin embargo este viernes la Sala V de la Cámara Contencioso Administrativo Federal declaró la "invalidez constitucional" del DNU.

El tribunal fundamentó la inconstitucionalidad en que el Gobierno utilizó sin justificación la herramienta del DNU, como que las medidas adoptadas son contrarias a los derechos humanos de los migrantes.

La Justicia sostuvo que el decreto "no sólo constituye una apropiación de facultades legislativas sin causa constitucional que la legitime, sino que también recoge en su articulado soluciones que son incompatibles con los estándares constitucionales y de derechos humanos que forman parte de las condiciones de vigencia de los instrumentos internacionales en la materia".

Respecto al argumento del Gobierno de que una "emergencia en seguridad" para justificar el DNU que modificó la Ley de Migraciones, los jueces sostuvieron que "el decreto no expone razones válidas -dadas las deficiencias que presenta en el análisis de las estadísticas- para sostener la necesidad inmediata de modificar la ley eludiendo la participación del Congreso mediante el procedimiento legislativo ordinario", reseñó el diario Clarín.

La causa judicial se originó en febrero de 2017 por una presentación del CELS, la Comisión Argentina para Refugiados e Migrantes, y el Colectivo por la Diversidad. Posteriormente se presentaron en la causa otras personas y actores tales como el Defensor del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires, el Defensor del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires, la Asociación Civil Derechos Humanos, Mujeres Unidas Migrantes y Refugiadas en Argentina y la Asociación Civil Mesa por la Igualdad.

En su sentencia los jueces consideraron que las reformas a la ley de Migraciones vulneran la garantía del debido proceso y el derecho de defensa de las personas migrantes. La sentencia se refiere específicamente a los tiempos acotados del trámite de expulsión exprés, a las retenciones preventivas de personas migrantes y al riesgo de que se conviertan en una detención arbitraria y a la afectación del derecho a la unidad familiar.

Según el fallo, el decreto "establece una serie de restricciones al derecho al debido proceso que no se compadecen con los fines que declara perseguir la norma. Además de los defectos en la fundamentación del estado de necesidad para su dictado (y que por sí solos determinan su invalidez), se advierte que las medidas que constituyen el objeto del acto no guardan proporcionalidad ni razonabilidad con los fines que se pretende alcanzar, pues, a partir de la vinculación que se arguye entre criminalidad y migrantes, se establece un mecanismo sumarísimo de expulsión aplicable a cualquier extranjero, sin consideración a sus circunstancias personales, tenga o no antecedentes penales".



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