Viernes 27 de Diciembre de 2024

Hoy es Viernes 27 de Diciembre de 2024 y son las 18:49 -

27°

SALTA

26 de abril de 2018

Sobreseyeron a Roberto Giordano en una causa por evasión

Por: Por:Redacciòn FM Fleming con informaciòn de Agencias

Lo favoreció la modificación de una ley.

El peluquero Roberto Giordano fue sobreseído por una jueza en una denuncia por evadir unos 6 millones de pesos del impuesto a las ganancias y de IVA entre 2009 y 2012, según consta en el fallo del Tribunal Oral Penal Económico 1 de la ciudad de Buenos Aires.

La decisión fue de la jueza Karina Perilli, al considerar que debía aplicarse de manera retroactiva una norma que elevó el mínimo que por entonces estaba fijado para no pagar los impuestos. Con ese nuevo límite, Giordano logró que la justicia no considere la evasión como un delito penal y así pudo cerrar la causa en su contra, según la resolución.

La causa se originó por una denuncia de la AFIP por una evasión de 6.335.881 pesos del impuesto a las ganancias e IVA. Así, Giordano fue procesado y enviado a juicio oral por la presentación de declaraciones juradas engañosas.

"Considero que en el caso corresponde aplicar en forma retroactiva los arts. 1° y 2° -del Título I "Delitos Tributarios"- del Régimen Penal Tributario incorporado por el art. 279 de la ley 27430 (art. 2° del CP) a partir de lo cual los hechos imputados en los requerimientos de elevación a juicio resultan atípicos", concluyó la magistrada.

La maniobra se habría concretado a través de sociedades en las que se usaron personas interpuestas para evadir el pago de los tributos a los que estaba obligado el peluquero

Según la acusación fiscal con la que llegó a juicio mediante las sociedades se ocultarían "no sólo los verdaderos ingresos de su actividad comercial sino también su condición de responsable de dichas empresas, todo ello mediante la omisión maliciosa de la presentación de las respectivas declaraciones juradas, a pesar de haberse comprobado que obtuvo ingresos gravados en función de su actividad comercial".

Pero la ley aplicada, la 27.430 modificada en diciembre de 2017, reformuló el régimen penal tributario y elevó los montos mínimos de punibilidad a un millón y medio de pesos por cada impuesto y por año y así Giordano logró ser sobreseído.

 



COMPARTIR:

Comentarios

Escribir un comentario »

Aun no hay comentarios, sé el primero en escribir uno!