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4 de mayo de 2018

El TSJ venezolano en el exilio suspende de la presidencia a Maduro y le inhabilita como candidato

Por: Por:Redacciòn FM Fleming con informaciòn de Agencias

El Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela dicta esta orden mientras dure el juicio por el presunto delito de corrupción propia y legitimación de capitales


El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) venezolano en el exilio declaró la suspensión este jueves de Nicolás Maduro en su cargo como presidente de Venezuela y lo inhabilitó como candidato o para ejercer cualquier otro cargo en la función pública mientras dure el juicio por el presunto delito de corrupción propia y legitimación de capitales.

La decisión fue firmada por el presidente de la sala plena del TSJ, Miguel Angel Martín Tortabú, y los 26 magistrados en la ciudad de Coral Gables en Florida, Estados Unidos.

También exhorta a la Asamblea Nacional a iniciar «el procedimiento que permita la transición constitucional, de conformidad con los artículo 233 y 234 de la Constitución» bolivariana.

El articulo 233 establece que cuando el TSJ declara la destitución del mandatario, el presidente del parlamento o la Asamblea Nacional se «encargará de la Presidencia de la República» antes de los 4 años del período y convocará elecciones. Pero si es después entonces se encargará el vicepresidente de la República para completar el período que, en el caso de Maduro, debería concluir con las elecciones de diciembre de este año.

El artículo 234 indica que las faltas temporales del Presidente deberán ser suplidas por el vicepresidente por 90 días.

El proceso contra Maduro comenzó el 9 de abril solicitado por la fiscal general destituida Luisa Ortega Díaz. La querella es por corrupción y pagos de sobornos de la brasileña Odebrecht a Maduro que habría recibido unos 35 millones de dólares para financiar su campaña en 2013 a cambio la empresa habría recibido unos contratos por el orden de 2.500 millones de dólares para la construcción de 13 obras que nunca ejecutó.

El supremo tribunal también ha ordenado a la Fuerza Armada Nacional y al Cuerpo de Investigaciones Científicas y Criminalísticas (CICPC) la captura y detención de Maduro. Y a la Interpol solicitó que lo incluya en la lista de Alerta Roja Internacional.

Igual pide al Consejo Nacional Electoral que proceda a «ejecutar la inhabilitación de Maduro para que no pueda optar al ejercicio de ningún cargo público mientras dure el presente juicio penal».

Al final de su sentencia dice: «Notifíquese a la Secretaría de la Organización de las Naciones Unidas (ONU); a la Secretaría General de la Organización de Estados Americanos (OEA); a la Presidencia de la Comisión Europea (CE); al Parlamento Europeo y a las Cancillerías de los países que integran el denominado GRUPO DE LIMA a los fines de hacer de su conocimiento que Nicolás Maduro Moros está suspendido e inhabilitado para el ejercicio del cargo de la Presidencia de la República Bolivariana de Venezuela; y tengan a bien tomar las previsiones jurídicas pertinentes».

Por último, el supremo tribunal «ordena a todas las autoridades civiles y militares, bajo apercibimiento de desacato, a cumplir la presente decisión y prestar toda la colaboración necesaria para su ejecución inmediata».



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