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POLITICA

14 de octubre de 2014

La Corte Suprema obliga al Estado a informar sobre el caso Ciccone

El máximo tribunal dejó firme una sentencia que había condenado a la Inspección General de Justicia a dar información sobre la ex imprenta, en la que está involucrado Boudou.

Corte Suprema se pronunció sobre el "cepo informativo" que impuso el Gobierno dentro de la Inspección General de Justicia (IGJ) sobre el caso Ciccone, en el que está involucrado el vicepresidente Amado Boudou.

La decisión del máximo tribunal supone que ahora la IGJ deberá informar sobre Boudou y las empresas involucradas en el caso donde está procesado: la ex imprenta Ciccone -hoy, CVS- y The Old Found.

A través de un fallo firmado hoy, cuatro de los ahora cinco jueces del máximo tribunal rechazaron un recurso extraordinario interpuesto por el Estado luego de que la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal concluyera que la IGJ no puede imponer ninguna condición para entregar información sobre las sociedades registradas bajo su órbita ni mucho menos exigir un "interés legítimo" para acceder a esos datos.

El Estado ahora deberá informar sobre los "estatutos, detalle de la composición de los órganos de gobierno y fiscalización, accionistas, domicilios y demás datos que pudieran ser relevantes" sobre las firmas en cuestión, según consignó el Centro de Información Judicial.

El fallo fue firmado por el titular de la Corte, Ricardo Lorenzetti, y los ministros Carlos Fayt, Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda. No acompañó la decisión el juez Raúl Zaffaroni.

La Corte rechazó la apelación de la IGJ contra la denuncia original de Ricardo Gil Lavedra, que en febrero de 2012 -cuando era diputado y estalló el escándalo- pidió a esa oficia que se informara si investigaba irregularidades en la creación y funcionamiento de Ciccone Calcográfica y otras sociedades vinculadas a la operatoria bajo sospecha. También requirió copias de la documentación disponible sobre todas esas firmas.

Las autoridades de la IGJ, que responden a La Cámpora, rechazaron dichos pedidos de información pública por carecer de "interés legítimo" y argumentaron que Gil Lavedra había hecho su demanda invocando invocando exclusivamente su carácter de diputado nacional y que como tal contaba con "canales institucionales específicos" para obtener la información. Para el tribunal, la condición de diputado de Gil Lavedra, quien dejó su banca en 2013, no le hacia perder su calidad de ciudadano con derecho a acceder a información pública.

Ante la primera negativa de la IGJ -que llegó a emitir las circulares 1 y 4 para fundamentar la negativa al pedido de información y otros similares de LA NACION y otros medios-, Gil Lavedra presentó un amparo junto a la Asociación de los Derechos Civiles (ADC).



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