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SALTA

LOCALES

20 de septiembre de 2020

Gustavo Sáenz: Hay mucha gente que realmente no la está pasando bien

Con el aislamiento lograremos preservar el sistema de salud.

Como Gobernador debo tomar medidas impopulares. Desde que asumí dije que Salta es una Provincia Pobre. Fui elegido para gobernar, para decidir. Es momento de buscar soluciones.

El gobernador en su discurso dirigido a los salteños hablo del la situación compleja de la Provincia. En las últimas semanas,  Salta viene incrementando de manera exponencial sus casos. Hoy se registraron 345 nuevos contagiados y registra un total de 900 contagiados.

He decidido luego de dialogar con comerciantes, gastrónómicos y entre todos los sectores involucrados. Le daremos al sistema de salud 11 días. Se enoje quién se enoje no pondremos al sistema de salud en riesgo, de decidir quién vive y quién muere.

El Decreto de Necesidad y Urgencia firmado por el presidente Alberto Fernández y confirmó que Capital, Cerrillos, Rosario de Lerma, General Güemes, La Caldera y Orán entran en la etapa de Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio hasta el 4 de octubre. El resto de los departamentos de la provincia, con el visto bueno de los intendentes están en la etapa de distanciamiento social, preventivo y obligatorio. 

Hoy la medida es quedarse en la casa. Hablamos de la responsabilidad social. Le rogamos no salir, cuidarse. Se siguen haciendo fiestas clandestinas, familiares. Por lo visto no entendieron. Necesitamos preservar el sistema de salud y de los custodios de la Provincia, la policía, quiénes han tenido muchas muertes entre sus compañeros.
Le pedimos entre todos por favor quedarse en casa. De esta salimos todos. No permitamos que la política produzca una grieta en la salud. Se  los pido por quellos que no estan, por todas esas familias que no han podido despedir a sus seres queridos. La solidaridad del pueblo debe estar presente. 
Nosotros le pedimos sacrificios a todo el mundo, a esa clase privada, comerciante, gastronómicos, gimnasios, etc. estamos analizando cómo llegar con una ayuda. La solidaridad es fundamental de la clase Política. "HE DECIDIDO DONAR MI SUELDO DE GOBERNADOR". Invito a todos los políticos que nos acompañe, para hacer un fondo en setiembre para contener a esas personas que no tienen una tarjeta. Para 
ayudar al sector privado, en especial a los sectores de la gastronomía y el comercio.
La semana que viene voy a mandar un Proyecto de Ley para que aquellos que estamos en la política aydudemos solidariamente a aquellos que no pueden pagar su  alquiler.
He recibido amenaza de todo tipo. Tras un telefono, una red social, se esconde tras el anonimato. Sus amenazas no me van amedrentrar . Me eligieron para gobernar. Trabajemos todos juntos.

Estoy seguro proque hemos salidos de momentos duros, pro nunca tanto como este. Debemos estar seguros que defendemos la vida,la vida de cada uno de los Salteños.

Desde que asumí estoy peleando. Desde que vi el rostro del norte. Hoy es fundamental solucionar desde la solidaridad, entre todos juntos. Y, en homenaje aquellos que ya no estan, a los médicos que ya no estan, les pido que nos cuidemos más que nunca. Les pido que más que nunca me acompañen, solo no puedo. 
Muchisimas gracias queridos salteños. HOY NECESITAMOS DE USTEDES. Les pido más que nunca ayúdemen. Solo no puedo

Cuáles son las actividades que quedan exceptuadas de cumplir el aislamiento social, preventivo y obligatorio.

1. Personal de Salud, Fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria, Servicio Meteorológico Nacional, bomberos y control de tráfico aéreo.

2. Autoridades superiores de los Gobiernos Nacional, Provinciales, Municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; trabajadores y trabajadoras del Sector Público Nacional, Provincial, Municipal y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, convocados y convocadas por las respectivas autoridades.

3. Personal de los servicios de justicia de turno, conforme establezcan las autoridades competentes.

4. Personal diplomático y consular extranjero acreditado ante el Gobierno argentino, en el marco de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y la Convención de Viena de 1963 sobre Relaciones Consulares y al personal de los organismos internacionales acreditados ante el Gobierno argentino, de la Cruz Roja y Cascos Blancos.

5. Personas que deban asistir a otras con discapacidad, a familiares que necesiten asistencia, a personas mayores, a niños, a niñas o a adolescentes.

6. Personas que deban atender una situación de fuerza mayor.

7. Personas afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones. En tal marco, no se autorizan actividades que signifiquen reunión de personas.

8. Personas afectadas a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos.

9. Personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos.

10. Personal afectado a obra pública.

11. Supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad de alimentos, higiene personal y limpieza. Farmacias. Ferreterías. Veterinarias. Provisión de garrafas.

12. Industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios, en los términos del artículo 3° de la Decisión Administrativa N° 429/20 que aclara que en el artículo 6° inciso 12 del Decreto N° 297/20 cuando se refiere a las Industrias de alimentación se entenderá a las que integran la cadena de valor e insumos de los sectores productivos de alimentación y bebidas, higiene personal y limpieza, equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios.

13. Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca.

14. Actividades de telecomunicaciones, internet fija y móvil y servicios digitales.

15. Actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior.

16. Recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos.

17. Mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etc.) y atención de emergencias.

18. Transporte público de pasajeros, transporte de mercaderías, petróleo, combustibles y GLP.

19. Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad.

20. Servicios de lavandería.

21. Servicios postales y de distribución de paquetería.

22. Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.

23. Guardias mínimas que aseguren la operación y mantenimiento de Yacimientos de Petróleo y Gas, plantas de tratamiento y/o refinación de Petróleo y gas, transporte y distribución de energía eléctrica, combustibles líquidos, petróleo y gas, estaciones expendedoras de combustibles y generadores de energía eléctrica.

24. Sociedad del Estado Casa de Moneda, servicios de cajeros automáticos, transporte de caudales y todas aquellas actividades que el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA autorice.

25. Operación de Centrales Nucleares. Hoteles afectados al servicio de emergencia sanitaria. Operación de aeropuertos. Operación de garages y estacionamientos con dotaciones mínimas. Los restaurantes, locales de comidas preparadas y locales de comidas rápidas, con servicios de reparto domiciliario. Circulación de los ministros y las ministras de los diferentes cultos a los efectos de brindar asistencia espiritual. Todo ello en los términos de la Decisión Administrativa N° 429/20 artículo 1°, incisos 3, 4, 7 y 10 y artículo 2°.

26. Inscripción, identificación y documentación de personas, en los términos de la Decisión Administrativa N° 450/20, artículo 1°, inciso 8.

27. Circulación de personas con discapacidad y profesionales que las atienden. Actividad bancaria con atención al público, exclusivamente con sistema de turnos; todo ello en los términos de la Decisión Administrativa N° 490/20, artículo 1°, incisos 1, 2 y 3.

28. Actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas. Oficinas de rentas de las Provincias, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de los Municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas. Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género. Atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo. Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo. Ópticas, con sistema de turno previo; todo ello en los términos de la Decisión Administrativa N° 524/20, artículo 1° incisos 2, 3, 5, 6, 7 y 9.

29. Traslado de niños, niñas y adolescentes, en los términos de la Decisión Administrativa N° 703/20.

30. Personal de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL -ANSES-, en los términos de la Decisión Administrativa N° 810/20, artículo 2°, inciso



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