10 de marzo de 2015
AMIA:La Corte confirmó indemnización a familiares
La Corte Suprema de Justicia rechazó hoy un planteo de prescripción realizado por el Estado nacional y confirmó la indemnización por daños y prejuicios que reclamaban la esposa y los hijos de una de las víctimas del atentado a la AMIA. El fallo completo.
Es en el marco de una demanda por daños y perjuicios que habían iniciado la esposa y los hijos de una víctima del atentado y en la que el Estado pedía la prescripción. El máximo tribunal no se privó de resaltar que, “casi diez años después de haber asumido el compromiso ante organismos internacionales” aún no fue dictada la prometida ley de reparación.
La Corte Suprema de Justicia rechazó hoy un planteo de prescripción realizado por el Estado nacional y confirmó la indemnización por daños y prejuicios que reclamaban la esposa y los hijos de una de las víctimas del atentado a la AMIA.
Así, el supremo tribunal de Justicia confirma la decisión que había adoptado la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal. El fallo lleva las firmas de los cuatro jueces de la Corte: Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt y Juan Carlos Maqueda.
Según informó el Centro de Información Judicial (CIJ), “la Corte tomó en consideración que en el año 2005, en el marco de una denuncia formulada ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos por las organizaciones no gubernamentales Memoria Activa, CELS y CEJIL, la Argentina había suscripto un acta de entendimiento en la que reconocía su responsabilidad tanto por el incumplimiento de su función de prevención -al no adoptar las medidas eficaces para intentar evitar el atentado- como por el encubrimiento de los hechos y el incumplimiento de la función de investigación”.
En esa acta -aprobado por el decreto 812/05- el Estado se comprometió, entre otras cosas, a promover una ley de reparación para todas las víctimas del atentado.
La Corte entendió que así el Estado había reconocido ante la CIDH “en forma incondicionada y absoluta que su obrar violó los derechos de las víctimas y sus familiares, generando la obligación a indemnizar, sin distinguir si los damnificados habían iniciado o no acciones judiciales” y que “la conducta asumida implicaba una renuncia tácita e inequívoca a oponer la prescripción en casos como el planteado”.
La Corte también destacó que el planteo de prescripción es “incompatible con el principio de la buena fe, ya que, casi diez años después de haber asumido el compromiso ante organismos internacionales,
El fallo completo
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