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13 de marzo de 2015

Exención impositivas a Farmacias minoristas

La Dirección General de Rentas municipal otorga exención de la Tasa por Inspección de Seguridad, Salubridad e Higiene (TISSH)propietarios y directores técnicos de farmacias dedicadas a la venta minorista.

Los profesionales propietarios de farmacias y directores técnicos de estos comercios, podrán solicitar la eximición de la Tasa por Inspección de Seguridad, Salubridad e Higiene, en el CCM de lunes a viernes de 8 a 16. Esta medida busca promover la competitividad de estos comercios de venta minorista.      

 La Dirección General de Rentas municipal habilitó la tramitación para acceder a la exención de la Tasa por Inspección de Seguridad, Salubridad e Higiene (TISSH), aplicable a los profesionales farmacéuticos propietarios y directores técnicos de farmacias dedicadas a la venta minorista.

Esta medida responde positivamente a la solicitud presentada por el Colegio de Farmacéuticos, por la cual pedía eximir de este tributo municipal a las farmacias minoritas de la ciudad, cuyo aporte tributario repercutía fuertemente en los balances económicos de estos comercios.

Con esta medida se busca principalmente promover la competitividad de estos comercios, en relación a las grandes cadenas comerciales de farmacia. Estas disposiciones fueron ratificadas por  la Ordenanza Municipal 14900.

Los interesados en acceder a este beneficio podrán acercarse por Mesa de Entrada del Centro Cívico Municipal, de lunes a viernes de 8 a 16, para presentar la documentación solicitada.

La medida alcanza solamente a los profesionales farmacéuticos propietarios y directores técnicos de comercios habilitados, que vendan al por menor, y que no registren deudas fijas y exigibles al momento de solicitar la eximición.

La directora general de Rentas, Silvana Calermo, aseguró que “para el municipio, dejar de percibir el pago de esta tasa proveniente del sector farmacéutico de venta al por menor, no alterará los balances económicos que realiza la dirección”. También recordó que se analizarán caso por caso para que este beneficio sea aplicado a quien corresponda.

La documentación que se debe presentar

Los solicitantes deberán completar la solicitud de exención que se puede descargar desde la página www.dgrm.gob.ar , y acompañarla de la siguiente documentación:

 

-       Fotocopia de D.N.I del titular. En caso de que el trámite lo realice un tercero, autorización escrita certificada por escribano público o autoridad policial. Acompañando fotocopia del D.N.I del solicitante autorizado.

-       Fotocopia de título farmacéutico habilitante expedido por autoridades universitarias.

-       Fotocopia certificada de Habilitación Comercial.

-       Constancia expedida por autoridad competente a los fines de acreditar su condición de Director Técnico. 

 



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