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ECONOMIA Y POLITICA

21 de abril de 2015

La Corte anuló la lista de conjueces que propuso el Gobierno

A través de un fallo unánime consideraron que la designación no cumplía con los requerimientos constitucionales por falta de votos. Para aprobar la designación de un juez de tribunales inferiores es necesaria la mayoría simple de los integrantes del Senado

 La Corte Suprema de Justicia anuló este martes la lista de "conjueces" designados por el Poder Ejecutivo para eventuales reemplazos o para completar mayoría en el máximo tribunal.


En fallo unánime, la Corte anuló la lista, integrada por abogados cercanos al Gobierno, "por no contar con el acuerdo de los dos tercios de los miembros presente en el Senado de la Nación".
 

La lista de conjueces, ahora anulada, estaba integrada por los abogados León Arlsanian, Tomás Hutchtinson, Ernesto Marcer, Héctor García Cuerva, Arístides Corti, Carlos Cárcova, Walter Huggias, Gustavo Ferreira, Ricardo Nissen y José Chirico, la mayoría de ellos vinculados directa o indirectamente con las posturas del gobierno nacional.
 

El fallo obtura la posibilidad de que, ante una eventual ampliación del número de jueces de la Corte, los cargos vacantes pudieran ser ocupados por los conjueces designados por el gobierno. "El acuerdo del Senado es un excelente límite sobre el posible favoritismo presidencial e impide el predominio de intereses subalternos sobre el interés supremo de la Justicia y de la Ley".
 

El fallo, firmado por los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt y Juan Carlos Maqueda, explica que "el Poder Ejecutivo no pudo aprobar una lista de conjueces para reemplazar en situaciones excepcionales a los ministros de la Corte que no hubiera contado con el voto de la mayoría de dos tercios, exigida en el texto constitucional".
 

Para aprobar la designación de un juez de tribunales inferiores a la Corte, es necesaria la mayoría simple de los integrantes del Senado, pero para magistrado de la máxima instancia judicial es requerida una mayoría calificada.


El fallo aclara que la invalidación de la lista "no implica en forma alguna emitir juicio respecto de las condiciones profesionales o personales de los abogados designados en la lista cuya nulidad se declaró".

Fuente:Agencia DyN



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