Lunes 6 de Mayo de 2024

Hoy es Lunes 6 de Mayo de 2024 y son las 04:29 -

8.7°

SALTA

ECONOMIA Y POLITICA

19 de junio de 2015

La Corte prohíbe la pesificación de jubilaciones provenientes del exterior

Una mujer que recibía una pensión en euros se presentó ante la Justicia y logró obtener un fallo favorable, por el que se ordenó que su haber sea cobrado en la moneda de origen.

 La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) confirmó un fallo que ordenó que una mujer perciba su jubilación en euros, porque con la normativa que permitía la compra de moneda extranjera para atesoramiento no se justificaba "la inexistencia de un procedimiento análogo" para estos casos.

Una jubilada a la que le pesificaron la pensión que cobraba en euros obtuvo un fallo favorable, por el que se estableció que su haber sea recibido en la moneda de origen. La sentencia, dictada en los autos "Sassi, María c/ AFIP-DGA y Otro s/ Amparo" acaba de ser confirmado por el máximo tribunal.
 

La mujer, junto con su abogado, Jose Luis Fabris, acudió a la Justicia mediante un amparo, en el que cuestionó que el Estado nacional haya "pesificado su jubilación italiana sin su consentimiento, lesionando con notoria arbitrariedad e ilegalidad derechos y garantías constitucionales".


En su presentación, relató que cobraba cada seis meses la pensión como viuda de su cónyuge, pero que a partir de toda la normativa conocida como "cepo cambiario" el Gobierno procedió a pesificar los haberes "sin su consentimiento y sin la anuencia de la República de Italia" y que sumado a eso el fisco "no la autorizó para adquirir moneda extranjera".
 

Sobre ese punto, detalló que al concurrir a la sede del banco en el que cobrabra la prestación en la moneda extranjera, le informaron que con motivo "de las nuevas disposiciones del Banco Central de la República Argentina debería percibir aquellas sumas en pesos al tipo de cambio oficial", por lo que, "por miedo a que giraran los fondos a Italia, aceptó retirar el dinero y que luego, al querer ir a comprar Euros con lo percibido, la AFIP le informó que no calificaba para la realización de dicho trámite".

Fuente:Agencias Buenos Aires



COMPARTIR:

Comentarios

Escribir un comentario »

Aun no hay comentarios, sé el primero en escribir uno!