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1 de agosto de 2015
Ordenaron pagar el alquiler de vientre
El juez Carlos Neirotti le dio la tenencia a los pareja que aportó material genético para que una mendocina conciba a su hijo y dijo que debe remunerarse a la gestante. El nuevo Código Civil no es preciso respecto a este tema.
Un matrimonio obtuvo la filiación de un bebé nacido en enero en Mendoza que fue fruto de un acuerdo de maternidad subrogada, más conocida como alquiler de vientre.
La pareja alquiló el vientre de una joven mendocina, a quien el juez Carlos Neirotti, del Primer Juzgado de Familia de Mendoza, ordenó que debía pagársele por el "servicio" prestado. "Es incongruente que el centro de salud interviniente perciba su ganancia, los comitentes reciban al niño, los abogados reciban sus honorarios, pero la mujer portadora no perciba ninguna contraprestación", argumentó el juez en favor de su fallo.
Cabe destacar que el costo total del procedimiento fue de alrededor de 400 mil pesos, de los cuales sólo 2 mil por mes correspondieron a la chica, por gastos que pudiera producirle el embarazo en curso. El resto fueron para gastos médicos y para gastos de abogados.
La pareja tomó esta decisión un año antes de llevarla a cabo, tiempo en el que se asesoraron en profundidad. En ese momento se pusieron en contacto con la agencia Argentina Maternity, a través de la que contactaron a la joven mendocina.
Finalmente, el niño nació el 9 de enero de 2015 sin mayores complicaciones, aunque una enfermera del hospital enterada de la situación decidió realizar la denuncia. La Justicia imputó a la joven por "dudosa identidad del menor", delito que podría terminar con la chica en la prisión.
El juez Carlos Neirotti, del Primer Juzgado de Familia, determinó tras siete meses de litigio que el bebé nacido de una mujer gestante mendocina es hijo legítimo de una pareja bonaerense, que aportó el material genético. El magistrado deslizó que si bien no se pagó a la joven, debería tenerse en cuenta ésto para casos futuros.
El caso genera inseguridad jurídica, alertan
Ante la situación, el juez ordenó una prueba de ADN a los padres biológicos que resultó positivo, por lo que falló en favor de la pareja y aceptó el proceso de alquiler, tras lo cual el bebé podrá tener su identidad luego de casi siete meses.
El juez Neirotti deslizó que debería tenerse en cuenta la cuestión del pago para las gestantes en casos futuros.
Por su parte, la subdirectora de Derechos Humanos de la Suprema Corte, Eleonora Lamm, dijo que el Estado "debe fijar el monto de pago de la mujer gestante".
"El fallo está bien, en el sentido de establecer la obligación por quienes quieren ser padre y madre. Pasa que esta situación de judicialización genera inseguridad jurídica y desproporción", sostuvo.
"Necesitamos una ley que regule, no hay ningún caso que haya sido rechazado", expresó.
Los fundamentos del juez
Luego que el pasado 28 de enero la mujer dio a luz y, tras una seguidilla de medidas judiciales, la Justicia avaló que los padres del bebé son los bonaerenses. ¿Qué dijo el juez?
"El evento fundante de esta sentencia es justamente la voluntad procreacional, que significa el deseo de ser padres que tuvo la pareja de Buenos Aires. Esta voluntad quedó manifestada en un contrato que firmaron tanto ellos como la mujer mendocina, quien manifestó haber gestado y tenido al hijo para la pareja. En este caso da la casualidad que el material genético donado era de los dos padres, pero puede ocurrir también que sea ajeno", sintetizó Neirotti, quien elaboró la sentencia.
"Hice lugar a todo, reconociendo que quienes manifestaron voluntad procreacional son los padres y considerando que no iba en contra de la moral y los derechos del niño. Incluso, recomendé que, aunque no estuviera demostrado en este caso, debería estar remunerado el servicio de gestación. Porque más que un alquiler de vientre, es pagar la prestación.Actualmente no figura esto, pero sí están previstos los gastos normales de la persona que queda embarazada, los honorarios que recibe la clínica por la práctica y los de los abogados. Incluso la pareja recibe al chico, entonces ¿por qué la mujer gestante no recibiría nada? Aunque esté previsto que no se lucre, no lo encuentro reñido con la moral", se explayó Neirotti justo cuando se da el cambio al nuevo Código Civil.
La tercera persona (ajena) quien gesta al bebé, "no está previsto en el Código actual ni en el nuevo, no está permitido ni prohibido. Por eso es que tienen que venir a la Justicia a pedir que se expida ante la situación, manifestando que la pareja acordó que serían los padres y que quien tuvo al hijo no lo pidió como propio. En la sentencia se hace lugar al pedido y se reconoce el contrato", manifestó el magistrado.
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