LOCALES
13 de octubre de 2015
La Municipalidad no incurre en ningún acto ilegal ni arbitrario
Así se manifestó el jefe de Gabinete, Eduardo Sylvester, respecto al aporte solidario del 1,5% que deberán realizar los empleados municipales, el cual está contemplado en el Convenio Colectivo de Trabajo, homologado por el Ministerio de Trabajo de la Nación.
Con respecto al pago de las horas adicionales, en las que se incluyen tareas insalubres; riesgo de vida; tareas riesgosas; títulos secundarios, terciarios y universitarios, y adicionales varios que alcanzan a más de 60 empleados municipales de diferentes secretarias, se informó que el mismo se encuentra en curso para su efectivización.
En cuanto al cambio en el tipo de contrato, que se conoce como cambio en el “sistema de revista”, estas solicitudes ya se están tramitando, cumpliendo así con “lo prometido por el intendente Miguel Isa de mejorar las condiciones laborales del empleado municipal, cuya expresión más reciente e importante fue otorgar seguridad laboral a 680 empleados, a través del pase a planta permanente” dijo el jefe de Gabinete, Eduardo Sylvester.
El aporte solidario
El artículo 131 del Convenio Colectivo de Trabajo de la Municipalidad de Salta, prevé la “contribución solidaria del 1,5%” sobre el salario remunerativo para colaborar con los gastos de las prestaciones sociales previstas por dicho convenio que llega a todos los trabajadores municipales, indistintamente de si están o no agremiados.
Recientemente los gremios municipales miembros de la Intergremial, reclamaron por la inconstitucionalidad de dicho artículo, aduciendo que la Municipalidad está incurriendo en una falta grave contra los empleados municipales.
Con respecto a este reclamo, el jefe de Gabinete recordó que el convenio colectivo de trabajo: “Fue homologado por el Ministerio de Trabajo de la Nación, que en sus acciones se sustenta en la normativa laboral vigente, como la Ley de Asociaciones Sindicales que contempla la creación de un aporte solidario, por lo que la Municipalidad no incurre en ningún acto ilegal ni arbitrario”.
En este sentido, y siguiendo los pasos que prevé la ley, “al municipio le queda cumplir con lo que el Ministerio aprobó en su momento, y que en definitiva significa un paso enorme hacia la estabilidad laboral de los trabajadores municipales”, señaló Sylvester.
Cabe señalar que una de las condiciones que el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, pide para la celebración de este tipo de acuerdos es que los gremios posean personería gremial, situación que en 2014 solamente revestía la Unión de Trabajadores Municipales (UTM). Actualmente los gremios que se oponen a esta resolución solo cuentan con una “simple inscripción gremial”, además de haber sido revocado judicialmente el pedido de inconstitucionalidad del artículo 131 del Convenio Colectivo de Trabajo.
Finalmente, Sylvester manifestó que los canales para el diálogo continúan abiertos, pero “la Municipalidad no puede ir en contra de las resoluciones de órganos superiores, lo que representaría un retroceso para las mejoras laborales adquiridas por los empleados del municipio”.
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