Miércoles 25 de Diciembre de 2024

Hoy es Miércoles 25 de Diciembre de 2024 y son las 01:39 -

22.6°

SALTA

ECONOMIA Y POLITICA

19 de noviembre de 2015

La Justicia suspendió la facultad de la CNV de designar veedores en las empresas

Una sala de la Cámara en lo Contencioso Administrativo hizo lugar a una cautelar de Papel Prensa y trabó la aplicación de un artículo de la ley de Mercado de Capitales.

La sala IV de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal suspendió ayer un artículo de la ley de Mercado de Capitales que faculta a la Comisión Nacional de Valores (CNV) a designar veedores o separar órganos de administración en empresas, al dictar una medida cautelar a favor de Papel Prensa.


El fallo contra la CNV llegó un día después de que el juez federal Claudio Bonadio dispusiera un allanamiento en el Banco Central por una causa contra su presidente, Alejandro Vanoli, por la participación de la entidad en el mercado de futuros del dólar. Una semana atrás, la Corte Suprema avaló una cautelar a favor del Grupo Clarín para impedir su adecuación de oficio a la ley de medios.


La sentencia de la Cámara revocó un fallo de primera instancia y dejó sin efecto por seis meses o hasta que exista un fallo definitivo las atribuciones de la CNV previstas en el artículo 20, inciso a, segunda parte, apartados I y II de la ley de Mercado de Capitales. El primero faculta a la CNV a "designar facultades con facultad de veto" en los órganos de administración de las empresas, que sólo pueden recurrir las decisiones ante el presidente del organismo que controla el mercado de capitales. El segundo, a "separar a los órganos de administración de la entidad por un plazo máximo de 180 días hasta regularizar las deficiencias encontradas". En este caso, la ley dispone que la separación "será recurrible en única instancia ante el Ministerio de Economía".


Los camaristas Jorge Morán, Marcelo Duffy y Rogelio Vincenti entendieron que "las atribuciones referidas podrían implicar una indebida delegación de facultades que hace a la esencia de la función judicial por parte del Congreso en el Poder Ejecutivo".


El abogado Juan Sonoda, socio del estudio Beretta Godoy, consideró que "el fundamento es que el Ejecutivo invade facultades del Poder Judicial y, en este punto, el fallo es sumamente razonable". El especialista en derecho comercial agregó: "La designación de un veedor es una facultad del Poder Judicial. Además, el veedor del artículo 20 de la ley de Mercado de Capitales tiene poder de veto, puede suspender decisiones de la sociedad, que es otra facultad típica del Poder Judicial".


La ley de Mercado de Capitales fue sancionada el 29 de noviembre de 2012, a pesar del rechazo de cámaras empresarias, que alertaron por la injerencia del Estado en las compañías. El fallo revirtió otro de primera instancia, que consideró que el planteo de Papel Prensa no acreditaba un "perjuicio grave de imposible reparación", ya que la CNV no había designado veedor alguno en la empresa. Fuentes del organismo regulador que preside Cristian Girard (hombre del ministro de Economía, Axel Kicillof) remarcaron que "la CNV no aplicó el artículo 20" ni hubo "intención de aplicarlo" en esa compañía, en la que el Estado es accionista. El Gobierno mantiene un pleito constante con los socios mayoritarios, Clarín y La Nación.


En la CNV afirmaron que el fallo se atañe al caso particular y no implica la suspensión general del artículo 20 de la ley. Sin embargo, la sentencia sienta un precedente para casos futuros.Según la CNV, el organismo sólo designó veedores en Citi bank, cuando suspendió su licencia para operar en el mercado de capitales. En la actualidad, indicaron, no hay veedores en ninguna empresa.

Fuente:Agencias Buenos Aires



COMPARTIR:

Comentarios

Escribir un comentario »

Aun no hay comentarios, sé el primero en escribir uno!