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JUSTICIA

15 de julio de 2017

Ercolini citó a indagatoria a Gils Carbó por la compra de un edificio para la Procuración

Entre otras irregularidades, el juez aludió a la intermediación desempeñada por Jaureguiberry Asesores Inmobiliarios S.A., que cobró por esa función "una exorbitante comisión" de 7,7 millones de pesos.

El juez federal Julián Ercolini citó a declaración indagatoria a Alejandra Gils Carbó para el 31 de agosto próximo, en la causa en la que se investigan presuntas irregularidades en la compra de un edificio destinado a la Procuración General de la Nación (PGN). 

El magistrado resolvió indagar a 11 personas entre el 3 y el 31 de agosto en el marco de la causa en la que se investiga la compra por casi 44 millones de pesos del edificio de Perón 667, donde tiene su actual sede la PGN e instaló su despacho Gils Carbó, titular del organismo.

Además de la máxima autoridad del Ministerio Público Fiscal, serán indagados Osvaldo Leguizamón, Jorge Daniel Domanico, Héctor Zurita, Ignacio Costa Urquiza, Bárbara Jaureguiberry, Pedro Antonio Donato Viceconte, Roberto Daniel Martino, Adrián Marcelo González Fischer, Juan Carlos Thill y Guillermo Alfredo Bellingi.

FALLO Del juez de la causa

Para el juez, según dice en el fallo, "existe motivo bastante para sospechar " que Gils Carbó y el subdirector general, Guillermo Alfredo Bellingi, "violando  los deberes a su cargo, diagramaron un  complejo entramado –para lo cual contaron con la intervención de Héctor Zurita, Jorge Daniel Domanico y Osvaldo Leguizamón–, previo acuerdo con integrantes de Arfinsa Argentina Financiera  S.A.  –haya sido en forma directa o a través de intermediarios–, para que, bajo la simulación de un acto licitatorio, el Ministerio Público Fiscal le adquiriera el edificio" de calle Perón 667.

Por la unidad se abonó 43.850.000 de pesos, de "manera tal que Jaureguiberry  Asesores  Inmobiliarios  S.A.y Juan  Carlos Thill, personas interpuestas  a fin de llevar a cabo la maniobra, obtuvieran un lucro indebido bajo el pretexto de supuestas comisiones, representativas de un porcentaje inusual y significativamente superior al utilizado en el mercado inmobiliario".

El magistrado dijo que eso se hizo "con el consiguiente perjuicio a los intereses" de la Procuración, dado que "esa sideral suma de dinero repartida entre los supuestos intermediarios, de manera documentada, fue entregada a Jaureguiberry por la vendedora a partir de lo que percibiera  por la enajenación  del  inmueble,  en  virtud de lo cual  se advierte que, en definitiva, se trató de fondos provenientes del aludido órgano estatal". 

Del  mismo modo, continuó el juez, se aprecia que Gils Carbó y Bellingi, "en el marco de una operación en la que les correspondía intervenir con  motivo  de  sus  funciones,  se  interesaron  en  miras  de  la  obtención  de  un  beneficio,  tanto  para  aquellas  personas como para sí mismos".

Agregó que "las circunstancias" mencionadas y los aspectos "que dan cuenta de la manera en que fuera pergeñada y llevada a cabo la  maniobra  permiten  presumir  la  existencia  de  ofrecimientos  y  acuerdos  previos para que, a cambio de  dinero o de alguna  otra  dádiva,  emitieran  las  disposiciones e instrucciones  necesarias en la órbita de su competencia, e hicieran valer su influencia para que funcionarios del área administrativa de la P.G.N. hicieran lo propio a fin de que el Ministerio Público Fiscal procediera a la adquisición de aquel inmueble". 

Así  también,  "en  virtud  de  la  información  privilegiada que manejaran los supuestos intermediarios, así como el direccionamiento  con  el  que fuera llevada a cabo la licitación" y "el vínculo que une" a Thill  con  Bellingi  "se  arriba  también  al  estado  de  sospecha"  sobre  "la  influencia  que  el  primero  de  los  nombrados  pudo  haber  hecho  valer  en  relación  al  segundo  de  ellos  y  éste,  a  su  vez,  con  la  anuencia de Alejandra Gils Carbó,  sobre  los  demás funcionarios públicos que debían  intervenir  en  las  distintas  instancias  de  tramitación"  del  expediente  "a  fin  de  que  se  expidieran  de  modo tal que resultara Arfinsa Argentina Financiera S.A. la adjudicataria".

Además, tomándose  en  consideración  lo  que  surge  de  la  prueba,  "que  da  cuenta  de  los  movimientos  registrados  en  las  cuentas  bancarias  de  titularidad  de  Jaureguiberry  Asesores  Inmobiliarios  S.A.y  Juan  Carlos  Thill,  en  las  que  fueran  depositados  los  cheques  librados  en  su  favor  producto   de   las   comisiones   que   obtuvieran",   también   existen   indicios   para presumir que los funcionarios de la Procuración "que intervinieran en la maniobra investigada habrían recibido dádivas por su direccionada actuación".

Agencias



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