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POLITICA

10 de noviembre de 2017

Los feriados puntes entre el 2018 y 2019 están definidos

El Gobierno estableció las fechas, que conformarán los fines de semana largos en los próximos dos años

 

A través del decreto 923/2017, que fue publicado en el Boletín Oficial de este viernes con la firma del presidente Mauricio Macri; el jefe de Gabinete, Marcos Peña y el ministro de Turismo José Gustavo Santos, se comunicó que en 2018 serán feriados puente los días 30 de abril, 24 de diciembre y 31 de diciembre. Son tres lunes que anteceden a los feriados del Día del Trabajador, Navidad y Año Nuevo, respectivamente.


La ley 27.399, que fue promulgada semanas atrás, habilitó al Poder Ejecutivo a fijar hasta tres feriados puente por año para promover la actividad turística. La norma, además, establece que los feriados trasladables cuyas fechas coincidan con los días martes y miércoles pueden ser trasladados al día lunes anterior y, aquellos que caigan jueves y viernes, al lunes siguiente. En este sentido, el Boletín también anticipa que oficiarán de puente en 2019: 8 de julio, 19 de agosto y 14 de octubre.

Más allá del esquema de feriados, la ley 27.399 establece como días no laborables para quienes profesen la religión judía los días del Año Nuevo Judío (Rosh Hashana), dos (2) días, el Día del Perdón (Iom Kipur), un (1) día, y de la Pascua Judía (Pesaj) los dos (2) primeros días y los dos (2) últimos días.

Por otra parte, fija como días no laborables para todos los habitantes de la Nación Argentina que profesen la religión islámica, el día del Año Nuevo Musulmán (Hégira), el día posterior a la culminación del ayuno (Id Al-Fitr); y el día de la Fiesta del Sacrificio (Id Al-Adha).

Los trabajadores que no prestaren servicios en las festividades religiosas mencionadas “devengarán remuneración y los demás derechos emergentes de la relación laboral como si hubieren prestado servicio”, dice el texto.

“El Poder Ejecutivo nacional desarrollará campañas de difusión destinadas a promover la reflexión histórica y concientización de la sociedad sobre el valor sociocultural de los feriados nacionales conmemorativos de próceres o acontecimientos históricos, por medios adecuados y con la antelación y periodicidad suficientes”, indica la ley.

FERIADOS PUENTE 2018

- 30 de abril

- 24 de diciembre

- 31 de diciembre

FERIADOS PUENTE 2019

- 8 de julio

- 19 de agosto

- 14 de octubre

FERIADOS NACIONALES INAMOVIBLES

- 1° de enero: Año Nuevo. Lunes y Martes de Carnaval.

- 24 de marzo: Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia. Viernes Santo.

- 2 de abril: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas.

- 1° de mayo: Día del Trabajo.

- 25 de mayo: Día de la Revolución de Mayo.

- 20 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Don Manuel Belgrano.

- 9 de julio: Día de la Independencia.

- 8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción de María.

- 25 de diciembre: Navidad.

FERIADOS NACIONALES TRASLADABLES

- 17 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Don Martín Miguel de Güemes.

- 17 de agosto: Paso a la Inmortalidad del General Don José de San Martín.

- 12 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural.

- 20 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional.

DIAS NO LABORABLES

- Jueves Santo.



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