La Cámara de Diputados introdujo diversas modificaciones en el proyecto de ley de Reforma Tributaria, que pasó al Senado para su tratamiento.
A pesar de los pedidos de modificación, se mantuvo el artículo 49 que establece que las indemnizaciones y retiros voluntarios pagarán ganancias, aunque sólo cuando se trate de montos superiores a los fijados en la ley de contrato de trabajo.
En el caso de las bebidas azucaradas, se le intentó aplicar una alícuota del 17% pero ante el reclamo del gobernador tucumano Juan Manzur y de productores de esa provincia, se mantuvo el actual impuesto de 4% para aquellas gaseosas que tienen jugo de limón, y 8% para las analcohólicas, con o sin azúcar.
Se reduce a la mitad el IVA de los pollos, cerdos y conejos, con el fin de permitir que bajen los precios de esos productos alimenticios de neto corte proteico y que son clave en la canasta familiar.
. Respecto del impuesto interno a las cervezas, del 17% previsto en el proyecto original se redujo al 14%, mientras que para las artesanales el gravamen quedó fijado en un 8%, por pedido de los representantes de un sector que en los últimos años ha registrado un importante crecimiento, con aumentos en la producción y en la apertura de locales.
Los artículos 23 y 24 de la reforma que proponían gravar con el impuesto a las Ganancias a cooperativas y mutuales, fueron finalmente descartados ante los reclamos de entidades del sector, apoyados por diputados de la oposición y aceptados luego por el oficialismo.
Principales claves
-Las bebidas azucaradas de limón tendrán un impuesto del 4%, mientras que para el resto será del 8%;
-Los impuestos internos de las cervezas, por su parte, se eleva de 8% a 17%;
-Los vinos y los espumantes no serán gravados con impuestos internos;
-La alícuota y el impuesto mínimo para los cigarrillos será del 70%;
-Impuestos a la transferencia de inmuebles: se deja de aplicar para la primera vivienda y se aplica una alícuota de 15% en la segunda vivienda;
-Se bajarán las alícuotas para automotores y motos de gama media de 10 a 0% y subirán de 10 a 20% para aeronaves, embarcaciones y motos de alta gama;
-Se aplicará un mínimo no imponible de $12.000 para contribuciones patronales, que se pagarán por el exceso de ese monto salarial;
-Sube de 4 a 5% la alícuota en la telefonía móvil;
-Bajarán de 17 a 0% la alícuota para productos electrónicos para equiparar los valores con los precios internacionales.