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17 de marzo de 2018

La renovación del cargo en la Corte de Salta pone en duda si son vitalicios

La Corte Suprema de la Nación se declaró incompetente. En Salta lo trataría un tribunal ad hoc.

Esta semana ingresaron dos pedidos para que se declare la inconstitucionalidad de la movilidad de los magistrados que integran el máximo tribunal salteño.

Por un lado, la Asociación de Jueces del Poder Judicial de la Provincia de Salta, y por otro, el exjuez Luis Villada interpusieron acciones populares de inconstitucionalidad. Objetan que los jueces de Corte deban renovarse cada seis años, tal como lo fija el artículo 156 de la Constitución provincial, reformada en 1998.

En la Argentina, solo en Salta los ministros no tienen garantizada la inamovilidad. Aunque pueden renovar sus funciones, siempre deben ser propuestos por el Ejecutivo y lograr el acuerdo del Senado.

El año pasado el gobernador  Juan Manuel Urtubey envió un proyecto a la Legislatura para la inamovilidad de los ministros de Corte. Con un veloz tratamiento en Diputados, el proyecto obtuvo media sanción. Pero las críticas de la oposición hicieron dar marcha atrás las intenciones oficialistas y no se trató en el Senado.

Sin fechas para un pronunciamiento, una Corte ad hoc trataría las acciones interpuestas. En la Ciudad Judicial descartan que los actuales integrantes del máximo tribunal resuelvan este caso, ya que los afecta directamente.

Hoy la Corte tiene seis integrantes: Guillermo Catalano, Ernesto Samson, Fabián Vittar, Guillermo Posadas, Abel Cornejo y Sandra Bonari. Días atrás, Urtubey envió el pliego a la Legislatura para la séptima banca con el nombre de Teresa Ovejero, quien se desempeña como secretaria del Tribunal Electoral.

Corte Suprema

El planteo de la temporalidad de los jueces de Corte de Salta ya fue tratado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación. En noviembre del año pasado, un fallo firmado por Elena Highton de Nolasco, Carlos Maqueda, Horacio Rossatti y Horacio Rosenkrantz declaró la incompetencia para resolver la inconstitucionalidad ante la acción declarativa de inconstitucionalidad promovida por la Federación Argentina de la Magistratura (FAM). Argumentaron que se trata de tema del derecho provincial.

Con esa resolución, es a la Justicia salteña a quien le compete la determinación de inconstitucionalidad del artículo 156 de la Constitución provincial. La Corte Suprema de la Nación, por cierto, tardó diez años en expedirse, ya que el expediente fue iniciado por la FAM en 2007.

Esa entidad nacional había expuesto que la renovación cada seis años de los jueces, planteada en la Carta Magna salteña, se opone al principio de inamovilidad de los jueces y es violatorio al Preámbulo de la Constitución Nacional.

En la reciente acción que promovió el exjuez Villada, argumenta, entre otros motivos "que la inamovilidad de los jueces traduce un cúmulo de seguridades para todo individuo que puede acceder a la Justicia".

"La independencia del Poder Judicial requiere, como presupuesto ineludible, que todos los jueces gocen de inamovilidad", sostiene el planteo de la Asociación de Jueces.

Contrapuntos

Cuando el gobernador Juan Manuel Urtubey anunció el proyecto para la inamovilidad de los jueces de Corte se generaron opuestas reacciones. Pesó el tiempo político en que se encaraba la iniciativa, a menos de dos años de una elección para gobernador.

El tema también podría tratarse en una posible reforma constitucional, que movió las aguas políticas.

En un aspecto jurídico, las acciones de inconstitucionalidad que ingresaron a la Ciudad Judicial esta semana remarcan que Salta es la única jurisdicción del país que no garantiza la inamovilidad.

“La limitación temporal del cargo de juez de Corte es palmariamente contraria a la garantía de inamovilidad de los jueces acordada por el segundo párrafo del mismo artículo 156 para los demás jueces y, consecuentemente, a la independencia del Poder Judicial establecida en los artículos 150 y 151 de la Constitución Provincial y 110 de la Constitución Nacional”, expone en su presentación el exjuez Villada.

Edgardo Albarracín, en representación de la Asociación de Jueces, también marcó contradicciones.



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