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POLITICA

26 de octubre de 2014

Monotributo con más trámites

Se suman más trámites para sus adherentes. A partir del 1° de noviembre, será obligatorio contar con un "Código de Autorización de Impresión" (CAI) para encargar facturas en una imprenta.

Los nuevos comprobantes, a diferencia de los actuales que son sin fecha de vencimiento, tendrán vigencia solamente por un año.

Los talonarios que estén ahora en uso serán válidos hasta el final de 2014. En los próximos dos meses, entonces, deberán hacer el nuevo trámite quienes necesiten imprimir porque ya no les queden más facturas en blanco. Y desde enero de 2015, el nuevo mecanismo sí será exigible para todos. "Los comprobantes que queden deberán inutilizarse con la leyenda «Anulado» y ser archivados", dice Facundo Montiel, del departamento de Impuestos del estudio Aguirre, Saravia y Gebhardt.

¿Cómo obtener la autorización? Se deberá ingresar a la página web de la AFIP con la clave fiscal. Entre las opciones de servicios interactivos que aparecen en pantalla, habrá que elegir la que diga "Autorización de Impresión de Comprobantes" (a partir de noviembre). Cuando un trámite online no aparece entre los habilitados, el contribuyente puede clikear en "Servicios administrativos clave fiscal" y luego en "Administración de relaciones". Y desde allí, ir a la solapa que permite elegir y habilitar servicios interactivos.

En primer lugar, los contribuyentes deberán declarar sus "puntos de venta", según explicó una fuente de la AFIP. Se trata de los lugares en que se entregarán facturas (o el domicilio fiscal, en caso de quienes no tengan locales de atención para sus ventas o prestación de servicios). El espacio para dar esta información estará dentro del ya mencionado servicio "Autorización de impresión de comprobantes".

Al haber ingresado el contribuyente a este servicio, y según la normativa, entre las opciones que se desplegarán en pantalla estará la llamada "Nueva solicitud de Código de Autorización de Impresión (CAI)". Fuentes de la AFIP afirmaron que allí se pedirá informar la cantidad de comprobantes que se quieran imprimir, y eventualmente, a qué persona se autoriza para hacer el trámite en la imprenta.

La autorización que emitirá el sistema podrá ser de carácter parcial o total. En el primer caso se limitará el plazo de validez de los comprobantes y la cantidad a emitir. Esta habilitación limitada se podría dar, por ejemplo, en caso de que el contribuyente no haya cumplido con alguna obligación del sistema, tal como la declaración jurada informativa cuatrimestral, exigible para las categorías más altas (a partir de la F); se deberá tener hechas las últimas tres de esas declaraciones para obtener una autorización de impresión sin restricciones.

La normativa, además, prevé que la AFIP hará una "evaluación del comportamiento fiscal", pero no aclara sobre qué puntos. En el organismo afirmaron que no habrá control de deuda que limite la impresión de facturas. O sea: si se deben unos meses de aportes, no debería trabarse la autorización, y ésta no será parcial, sino completa.

La denegación está prevista si hay inconsistencias en los datos básicos, si el CUIT no está activo, o si no hay domicilio denunciado.

Una vez que el sistema otorga el CAI, el contribuyente deberá imprimir la constancia por duplicado. Y presentarla en la imprenta, donde deberán verificar online el pedido. Luego, "se deberá cumplir con el régimen de información de comprobantes recibidos", según explica el tributarista César Litvin. Este trámite requiere que se le informe a la AFIP, online, que las facturas están en poder del contribuyente.

En el caso de los monotributistas de categorías altas (a partir de la H), rige la factura electrónica. En esos casos, quienes quieran imprimir comprobantes de respaldo por inconvenientes que pueda tener el sistema, también deberán obtener su CAI. Y los talonarios impresos tendrán una vigencia de dos años.

Para Litvin, el objetivo de la norma es profundizar los cruces sistémicos a través de la información online" y crear "un mayor ambiente de control en los contribuyentes".



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