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7 de septiembre de 2018

Reglamenta operaciones inmobiliarias de viviendas sociales

Las casas no pueden ser vendidas, alquiladas ni cedidas por 5 años periodo exigido para el grupo familiar titular

Por: Redacciòn FM Fleming"Magazine"

El IPV firmó un acuerdo que reglamenta las operación irregular de alquiler y ventas de las viviendas entregadas por el organismo.

El presidente del IPV, Sergio Zorpudes firmó un convenio con la titular del Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de Salta, Andrea Ramonot para impedir la venta, alquiler, transferencia o disponibilidad irregular de viviendas entregadas por este organismo provincial, violando la normativa vigente.

El propósito de la firma es generar mayor transparencia en el proceso de habitabilidad de las viviendas entregadas por el Instituto. Las mencionadas casas no pueden ser vendidas, alquiladas ni cedidas por el término de 5 años que es el periodo exigido para el grupo familiar titular, según resolución reglamentaria N°26. Cumplido ese tiempo las viviendas si pueden ingresar al mercado inmobiliario.

Una de las cláusulas del convenio establece que el IPV se compromete a proporcionar la información necesaria para autorizar o no la operación con los corredores inmobiliarios.

Durante el acto Zorpudes manifestó “la venta, alquiler, transferencia o disponibilidad irregular de una vivienda social está penado por Ley y representa una estafa al Gobierno, por eso celebro este convenio que nos ayudará a detectar anomalías, junto al SINTyS (Sistema de Identificación Tributaria y Social) y SIGEGE (Sistema de Gestión de Beneficiarios) que son bases de datos de las familias que recibieron o recibirán una vivienda construida por el Estado”.

Por su parte, Ramonot  agradeció “por el espacio que nos dan, somos muchos los corredores que estamos en el medio y en contacto directo con la gente. Esta herramienta será de gran utilidad para la comunidad”.

Se recuerda a los adjudicatarios, que el IPV al momento de entregar el inmueble, concede una entrega precaria sujeta al cumplimiento de las obligaciones generales, si las mismas no se cumplen, el organismo puede proceder a la desadjudicación de la vivienda.  

Finalmente, el IPV requiere de los corredores inmobiliarios el estricto cumplimiento de las leyes que rigen las viviendas sociales para evitar perjuicios a personas que buscan un inmueble.  



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