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POLITICA

6 de noviembre de 2014

El kirchnerismo no logró mandar a jury a dos jueces que fallaron a favor de los jubilados

El Consejo de la Magistratura rechazó la apertura del proceso de remoción de los magistrados Luis Herrero y Emilio Fernández; el plenario, además, envió a juicio a Axel López

El Consejo de la Magistratura rechazó hoy la apertura del proceso de remoción de los jueces Luis Herrero y Emilio Fernández, del fuero de la Seguridad Social, demandados por la Anses por dictar sentencias a favor de los jubilados.

La Comisión de Disciplina y Acusación de ese organismo, conformada por el kirchnerismo, había recomendado la apertura del procedimiento de remoción, suspensión y acusación ante el jurado de enjuiciamiento de ambos magistrados.

"Al fin terminó el vía crucis de Herrero y Fernández. Fue archivado", escribió el abogado porteño Alejandro Fargosi, cercano al Pro, en su cuenta de la red social Twitter.

El Consejo tenía para votar dos dictámenes: uno, del juez Ricardo Recondo, que aconsejaba desestimar la denuncia; el otro, del viceministro de Justicia, Julián Alvarez, que proponía el archivo del expediente por el transcurso del tiempo.

El reglamento del Consejo establece que si un pedido de juicio político no se resuelve, por sí o por no, en el término de tres años, debe ser archivado y no puede volver a tratarse.

Finalmente, la postura de Recondo fue apoyada por el consejero abogado Alejandro Fargosi, en tanto que el resto de las voluntades se inclinaron por el archivo del expediente, según consignó la agencia DyN.

En los hechos, la decisión equivale a la ratificación de los camaristas Herrero y Fernández como integrantes de la Sala Segunda de la Cámara de la Seguridad Social.

EL CASO

Herrero y Fernández, integrantes de la Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social, son conocidos por varias sentencias a favor de jubilados, como las medidas cautelares dictadas en los reclamos por la aplicación del fallo Badaro (subas de haberes por el período de 2002 a 2006). En esas cautelares, los jueces ordenan que a quienes reclaman se les ajusten los haberes mensuales en forma inmediata, sin necesidad de esperar el final del juicio (y que en ese momento sí se cobren los montos retroactivos).

El Gobierno intentó por varias vías evitar que firmaran nuevas medidas cautelares y el tema llegó a la Corte Suprema, que desestimó, en un caso, la apelación de la Anses.

La embestida contra Herrero y Fernández se originó en una denuncia de la Anses, basada en un informe de la compañera de sala de los magistrados, la jueza Norma Carmen Dorado de Cubría, esposa del hijo de la jueza María Servini de Cubría y secretario de la Comisión de Administración del Consejo, Juan Carlos Cubría. De hecho, la jueza presentó 14 denuncias contra sus colegas.

MANDAN A JUICIO POLÍTICO AL JUEZ AXEL LÓPEZ

Por otra parte, el plenario del organismo envió a juicio político al juez de 1ra. instancia Axel Gustavo López, titular del juzgado Nacional de Ejecución Penal Nro. 3, cuestionado por excarcelar a delincuentes que reincidieron en crímenes graves al salir de la prisión.

La decisión fue adoptada por una mayoría calificada de ocho votos contra cuatro (dos tercios de los presentes), con los votos de representantes del kirchnerismo, de la UCR y de un abogado cercano a Pro.

El plenario tenía tres dictámenes para votar: el del abogado Daniel Eduardo Ostropolsky, que proponía una sanción pecuniaria; el del juez Ricardo Recondo, que impulsaba un apercibimiento, y el del secretario de Justicia, Julián Álvarez , que propugnaba el juicio político.

Por este último votaron los consejeros Eduardo De Pedro, Marcelo Fuentes , Ada Iturrez, Carlos Moreno y el propio Álvarez, identificados con el "bloque kirchnerista"; el abogado porteño Fargosi , y los legisladores radicales Oscar Aguad y Mario Cimadevilla.

En contra del jury votaron los tres jueces: Alejandro Sánchez Freytes, Ricardo Recondo y Mario Fera; y Ostropolsky, representante de los abogados del interior. El catedrático Manuel Urriza no estuvo en la votación.

Por primera vez desde que se inauguró el sistema de juzgamiento de los magistrados, el Consejo de la Magistratura resolvió que López no será suspendido en su cargo mientras se sustancie el proceso, que tiene un plazo máximo de seis meses.



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