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POLITICA

11 de marzo de 2019

Desaparecen las facturas de papel

A partir del 1 de abril la factura en papel desaparecerá y será reemplazada por la electrónica

Será reemplazada por la electrónica. Hay más controles sobre monotributistas.

A partir del 1º de abril la factura en papel desaparecerá y será reemplazada por la electrónica. La medida concierne a los monotributistas de la Categoría A, la más baja, en sus operaciones con responsables inscriptos o sujetos exentos, según un cronograma que inició en agosto de 2018.

 

En tanto, será importante que las empresas rechacen las facturas manuales que reciban por parte de monotributistas y les exijan que les emitan una factura electrónica o un ticket factura emitido por un Controlador Fiscal, ya que las sanciones podrían ser del 35% por la no deducción en Ganancias y otro 35% por Salidas No Documentadas, más las multas que correspondan.

 

Según publicaron medios especializados, en el caso de las operaciones con consumidores finales, no se impuso un cronograma por categoría en el monotributo, sino que se fijó como una única fecha el 1º de abril próximo para que todos los monotributistas que trabajen con consumidores finales pasen a factura electrónica o controlador fiscal.

Se definió a pymes obligadas a emitir factura de crédito

Para dar el alta al servicio, desde la página Web de la Afip se debe ingresar con Cuit y la Clave Fiscal.

 

Para eso se necesita tener habilitados dos servicios con clave fiscal “Comprobantes en Línea” y “ABM Puntos de venta”.

 

Dentro del “Administrador de Relaciones de Clave Fiscal”, hacer clic en “Adherir servicio”. Una vez dentro del menú de clave fiscal, sobre el margen izquierdo se visualizará la sección “Servicios

 

Administrativos”, hacer clic en la tercera opción “Administrador de Relaciones de Clave Fiscal”.

 

En la pantalla siguiente, aparecerán las insignias de los diferentes organismos, hay que presionar sobre la de Afip y luego en “Servicios Interactivos” buscar el servicio “Comprobantes en Línea” o “Administración de puntos de venta y domicilios”, según corresponda, y presionar “Confirmar”.

 

Si bien la factura manual prácticamente desaparece, serán válidas como excepción cuando los sistemas electrónicos presenten algún inconveniente y en actividades especiales como agentes de bolsa y de mercado abierto.

 

En tanto, los contribuyentes ya no tienen obligación de informarle a la Afip por cuál de los dos sistemas eligen.

 

Mayor control

 

La Afip pone ahora su atención en unos 365.000 contribuyentes del denominado Régimen Simplificado. Son aquellos monotributistas de la categoría B que desde este mes tienen la obligación de confeccionar facturas electrónicas. La mayoría de este grupo son profesionales independientes y proveedores de servicios que por el nivel de facturación anual que tienen no les corresponde estar inscriptos en el régimen general. Los contribuyentes que se encuentran en esta categoría facturan al año hasta $ 207.191.

 

Con la facturación electrónica, o en el caso de los comercios, las registradoras de nueva tecnología, la Afip tiene la posibilidad de obtener datos de las operaciones económicas de un contribuyente al instante. De modo que el organismo conducido por Leandro Cuccioli también podrá verificar casi en tiempo real si la facturación que declara el monotributista coincide con su nivel de gastos.

 

“Al conocer su facturación al instante y al tener los consumos de tarjeta de crédito y débito, la Afip investigará qué otros ingresos tiene ese contribuyente para que pueda justificar el alto consumo con tarjeta”, señaló Vicente Lourenzo, consultor pyme y miembro de la comisión de asuntos pyme del Consejo Profesional de Ciencias Económicas.

 

El profesional indicó que “si el contribuyente no puede justificar sus gastos, el organismo de recaudación cambiará de oficio de categoría o, en el peor de los casos, los expulsará del Régimen Simplificado, haciéndolo pagar IVA, Ganancias y Autónomos desde el momento en que detecta la desviación”.

 

Factura de crédito

 

Afip se prepara para poner en marcha efectiva el Régimen de Facturas de Crédito Electrónica Mipymes, pues evalúa habilitar el registro respectivo a partir de este lunes 11 de marzo. En efecto, si bien el régimen de facturación rige desde el 1º de enero de este año, esa vigencia no ha sido plena porque resta aún por parte de la Afip la implementación del “corazón” de este, el Registro de Facturas de Crédito Electrónicas Mipyme que sigue apareciendo con la aclaración “próximamente” en la página del organismo recaudador. Dicho en otras palabras, el régimen está vigente, pero no está operativo.

 

En ese registro deben consignarse cada una de las instancias por las que pasa la factura de crédito electrónica (FCE), incluso la micro, pequeña o mediana empresa deberá ingresar y consultar si al comprador a quien debe facturarle está obligado a recibir FCE. También quedarán registrados la aceptación o rechazo de esta, el envío de la FCE a la Caja de Valores, entre otras contingencias que puede atravesar.

 

El objetivo

 

La AFIP buscará terminar en el primer cuatrimestre de este año con el proceso de digitalización de toda la facturación de la economía, que incluye a los monotributistas y a los pequeños y medianos comercios. El proceso incluye también la posibilidad de contar con datos en forma automática.

 

Para ello, los comercios tendrán que cambiar sus registradoras, que permiten estar en contacto online con los servidores del organismo. Los equipos de vieja tecnología se seguirán vendiendo en el mercado hasta el 31 de este mes y se podrán usar hasta el 31 de enero de 2021. Estos equipos requieren de un recambio de memoria, cuyo plazo vence el 31 de este mes. Cuando se trate de un nuevo contribuyente que inicia actividades. tendrá que usar equipos de nueva tecnología.



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