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25 de marzo de 2019

Encontró su día feriado para descansar en abril

No habrá que esperar mucho para encontrar un finde largo en el horizonte.

Por: Redacciòn FM Fleming"Magazine"

El mes entrante tendrá dos feriados y varios días no laborables en los cuales la asistencia al trabajo dependerá de cada empleador.

El Ministerio del Interior de la Nación precisó que el 2019 tendrá 12 feriados inamovibles por fechas patrias y celebraciones religiosas.

Abril suele ser un mes con feriados y días no laborables muy esperado por las familias que aprovechan los fines de semana largos para hacer una “escapadita” a los diversos puntos turísticos de la Argentina.

Según el calendario oficial, el mes entrante tendrá dos feriados y varios días no laborables en los cuales la asistencia al trabajo dependerá de cada empleador.

El primer feriado será el martes 2 de abril. Se conmemora el Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas. Es inamovible.

En algunas oficinas turísticas del interior aspiraban a que el gobierno estableciera como feriado puente el lunes 1 de abril, lo que hubiera generado un fin de semana largo de 4 días. La posibilidad fue totalmente descartada. El calendario 2019 fue establecido el año pasado por decreto y no hay posibilidades de una modificación, según indica un informe realizado por Infobae.

No obstante, no habrá que esperar mucho para encontrar un “finde” largo en el horizonte. El 19 de abril es feriado. Se conmemora el Viernes Santo para recordar la crucifixión y muerte de Jesús. Para algunos trabajadores, el pequeño descanso laboral podría llegar a ser de cuatro días porque el jueves 18 fue establecido como día no laborable (Jueves Santo).

¿Qué se entiende por día no laborable? Es una fecha donde el trabajo será optativo para el empleador, salvo en bancos, seguros y actividades afines. En otras palabras, el descanso queda supeditado a la voluntad de la compañía.

En abril también serán no laborables los días 19, 20, 21, 25, 26 y 27 en virtud de las pascuas judías y el 24 (día de acción por la tolerancia y el respeto entre los pueblos).

Los trabajadores que no presten servicios en las festividades religiosas percibirán igualmente la remuneración y demás derechos emergentes de la relación laboral como cualquier otra jornada habitual.

 

En mayo, el 1, por el Día del trabajador (feriado inamovible); y el 25, Día de la Revolución de Mayo (feriado inamovible).

En junio, el 4 por la Fiesta de la Ruptura del Ayuno del Sagrado Mes de Ramadán (Día no laborable sólo para habitantes que profesen la religión islámica, según dispone la Ley 23.399); el 17, Día del Paso a la Inmortalidad del General Martín Miguel de Güemes (fin de semana largo); y el 20, Día Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano (feriado inamovible).

En julio, el 8 será día no laboral con fines turísticos (fin de semana largo); el 9, Día de la Independencia (feriado inamovible).

En agosto, será el 11 por la Fiesta del Sacrificio (Día no laborable sólo para habitantes que profesen la religión islámica, según dispone la Ley 23.399); el 17, por el Paso a la Inmortalidad del Gral. José de San Martín); el 19, por el día no laboral con fines turísticos (fin de semana largo); y el 31, Año Nuevo Islámico (Día no laborable sólo para habitantes que profesen la religión islámica).

En septiembre será el 29 y 30 por el Año Nuevo Judío (no laborable, sólo para habitantes que profesen la religión judía. En octubre, será el 1, Año Nuevo Judío (Rosh Hashaná) (no laborable, sólo para habitantes que profesen la religión judía, según dispone la ley 23.399); el 8 y 9, por el Día del Perdón (Iom Kipur), (no laborable, sólo para habitantes que profesen la religión judía, según dispone la ley 23.399); el 12, por el Día del Respeto a la Diversidad Cultural; el 14, Día no laboral con fines turísticos (fin de semana largo.

En noviembre será el 18 por el Día de la Soberanía Nacional (20/11, se adelanta) (fin de semana largo).

Y en diciembre será el 8, por el Día de la Inmaculada Concepción de María (feriado inamovible); el 25, Navidad (Feriado inamovible); y el 31, fin de año (feriado inamovible).



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