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ECONOMIA

11 de julio de 2019

AFIP en busca del Registro Único Tributario–Padrón Federal

El RUT-PF entrará en vigencia para cada una de las jurisdicciones adheridas.

Por: Por:Redacciòn FM Fleming"Magazine" con información de Agencia Télam

La base de dato va unificar Ingresos Brutos y de impuestos nacionales del contribuyente que tiene actividades en más de una provincia.

La Comisión Arbitral que regula la aplicación del Convenio Multilateral a través del cual se distribuye la base imponible de Ingresos Brutos cuando un contribuyente tiene actividades en más de una provincia incluyendo a la Ciudad de Buenos Aires, acaba de dictar la Resolución General 5/19 aprobando el Registro Único Tributario–Padrón Federal (RUT-PF).

Esta medida llevará finalmente a que los Fiscos nacionales, provinciales y municipales cuenten con una mirada integral sobre los contribuyentes. El registro-padrón será administrado por la AFIP y por las jurisdicciones adheridas que de acuerdo al Anexo I de la RG 5/19 son todas, excepto Formosa y San Luis.

Tales jurisdicciones también podrán incorporar al mismo no solamente a los contribuyentes que tributan mediante el Convenio Multilateral sino a los contribuyentes locales, situación que deberá reglamentarse en cada una de ellas.

El RUT-PF operará a través del sitio web de la AFIP, accediendo al Sistema Registral identificándose con la CUIT y utilizando la Clave Fiscal de AFIP. Se incorporará al Sistema Registral del organismo, las altas, bajas y modificaciones que ocurran tanto en el padrón de Ingresos Brutos del Convenio Multilateral como en el de cada jurisdicción.

La información que requiere el registro obligan a informar el período de inscripción o cese, los datos identificatorios según se trate de personas humanas o jurídicas y de contacto, código de actividad, jurisdicción sede, tipo de domicilio, entre otros.

El origen de la resolución es el Convenio de Cooperación firmado por Roberto Arias, presidente de la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral (Comarb) y Leandro Cuccioli, titular de la AFIP y en sus considerandos explica que “se acordó el desarrollo de un Registro Único Tributario, herramienta de actualización del padrón de contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos de carácter federal para evitar las múltiples inscripciones en Organismos Provinciales, Nacionales y de la CABA, mediante la realización de todos los trámites que se efectúan actualmente en Padrón Web, utilizando la CUIT como identificador de los contribuyentes.”

Así las cosas, los contribuyentes de Ingresos Brutos y de los impuestos nacionales a cargo de la AFIP quedarán integrados en una gran base de datos. De manera que, más temprano que tarde, habrá confrontación de bases imponibles para el pago de impuestos, por caso IVA con Ingresos Brutos, algo en lo que las administraciones tributarias trabajan desde hace años para compatibilizarlas. Asimismo, algunas jurisdicciones ya están haciendo acuerdos de intercambio de información con la Nación, para evaluar la consistencia de los ingresos declarados para el Monotributo nacional y los declarados para el pago de Ingresos Brutos o del Régimen Simplificado provincial, de existir en la jurisdicción.

Este registro-padrón permitirá chequear no sólo los datos de identificación sino los que hacen a la materia imponible habida cuenta que es el mismo contribuyente quien tiene a su cargo las obligaciones a nivel nacional y local (provincia y municipios), por lo tanto habrá una mirada integral de los sujetos.

Una cuestión central para esta base es unificar la utilización de un mismo nomenclador de actividades económicas que permita saber a qué se dedica el contribuyente. Por este motivo la RG aprueba un Anexo III que hace a la migración de datos de contribuyentes inscriptos con anterioridad a la vigencia del sistema donde precisamente una de las acciones del Fisco será detectar inconsistencia tanto en los códigos de actividad consignados como en los datos identificatorios, jurisdicciones declaradas, entre otros. El domicilio deberá ser validado por el contribuyente.

El RUT-PF entrará en vigencia para cada una de las jurisdicciones adheridas según el cronograma que se estipulará más adelante, dispone la resolución sin fijar fecha alguna. De cualquier modo, aunque por el momento para Ingresos Brutos, el primer paso ya está dado.



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