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23 de enero de 2020

Nuevos valores para los aportes de las empleadas de casa de familia

Las empleadores tendrán hasta el 10 de cada mes para abonarlas sin intereses.

Por: Por:Redacciòn FM Fleming"Magazine" con información de Agencia Télam

AFIP actualizó los valores de los aportes y las contribuciones que los empleadores tendrán que abonar al régimen de Seguridad Social.

 La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) presentó este jueves los valores actualizados de los aportes y contribuciones al régimen de la Seguridad Social que deberán abonar los empleadores de trabajadoras de casas particulares.

Las escalas varían según la antigüedad y según las horas semanales trabajadas. Además, la AFIP recordó que "las contribuciones se pagan a mes vencido y los empleadores tienen tiempo hasta el día 10 de cada mes para abonarlas sin intereses".Según se recordó, los valores los aportes y contribuciones al régimen de la Seguridad Social para las trabajadoras de casas particulares se actualizan anualmente en forma automática.

El mecanismo en el mismo que se utiliza para adecuar las cotizaciones previsionales del monotributo", explicaron desde la AFIP.

Para el caso de las trabajadoras con más de 18 años de antigüedad, que cumplan 16 horas semanales o más, las nuevas escalas ascenderán hasta un máximo de 1.612,19 pesos: 1.041,22 corresponden a los aportes; $86,97, a las contribuciones, y $484, a la cuota de riesgos del trabajo.

Las nuevas categorías para esos casos: 

 

Los empleadores con personal que tenga más de 16 años de antigüedad, y que también cumplan 16 horas de trabajo o más por semana, tendrán que abonar hasta a un máximo de $1.525,22: $1.041,22 corresponden a los aportes y $484 a la cuota de riesgos del trabajo. 

Las nuevas categorías para esos casos:

Y finalmente, para los trabajadores jubilados que cumplan 16 horas o más por semana, el monto máximo a abonar será de $570,97: $86,97 corresponden a las contribuciones y $484, a la cuota de riesgos del trabajo.

Las nuevas categorías para esos casos:

 
 

 



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