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POLITICA

3 de junio de 2020

El Senado aprobaría la nueva ley de Alquileres

Cuáles son los cambios que se vienen con la nueva ley.

Por: Redacciòn FM Fleming"Magazine"

El proyecto plantea nuevas reglas en la relación entre inquilinos y propietarios. Críticas de inmobiliarias y apoyo de asociaciones de inquilinos.

En una sesión virtual prevista para las 14, el Senado de la Nación se prepara para debatir una nueva normativa sobre los contratos de alquileres.  El proyecto obtuvo dictamen de la Comisión de Legislación General el martes y este jueves podría ser convertida en ley dado que tuvo la aprobación de todos los bloques.

Entre las modificaciones, el proyecto plantea una extensión en la duración del plazo de locación de dos a tres años y establece un mecanismo de actualización anual de los montos en base a una combinación entre el índice de inflación y el de salarios (RIPTE).
El artículo referido a ese cálculo fue uno de los que mayor debate generó ya que algunos senadores sospechan que podría dejar abierta la posibilidad de que haya más aumentos que los prometidos en la norma.

Otros cambios a la actual ley tienen que ver con la aplicación de opciones de garantías posibles. En reemplazo de la actual garantía de una propiedad, se agregaron otras posibilidades como: aval bancario, seguro de caución, garantía de fianza o garantía personal del inquilino, como un recibo de sueldo o certificado de ingresos.
Por otro lado, las expensas extraordinarias pasan a ser responsabilidad del propietario.  Y, en cuanto al depósito de garantía, se reduce el monto a un mes. Y se lo devuelve en el último mes del contrato o la parte proporcional si se acordó un depósito inferior a un mes de alquiler.

Finalmente, las comisiones inmobiliarias deberán ser pagadas tanto por los inquilinos como por los propietarios, según establece la nueva normativa.
Desde la asociación Inquilinos Unidos, Gervasio Muñoz, se muestra confiado en el inminente dictamen de los legisladores: "Luchamos contra viento y marea. Sabemos que en este contexto es la mejor ley que podemos conseguir y tenemos mucho trabajo por delante”.

El dirigente agregó que “es urgente extender el decreto 320/20 que suspende los desalojos y congela el precio de los alquileres. La situación económica es de emergencia con un sector endeudado y sin ingresos. Deberemos seguir de cerca su implementación y su cumplimiento, y quedará mucho más por resolver”, señaló. Finalmente Muñoz remató: “en materia de acceso a la vivienda este es el primer paso importante que damos”, dijo”.

Se trata de un paquete de medidas que deja más satisfechos a los inquilinos pero que es resistido desde otros actores del mercado inmobiliario. Ya que, entre otras objeciones, muchos empresarios opinan que la normativa puede generar una baja en la oferta de alquileres y luego un aumento de los precios.

"Estamos muy sorprendidos por el momento en el que se trata esta ley de alquileres. No sólo porque puede desalentar aún más a los propietarios quienes ya perciben una renta que está en el mínimo histórico sino también porque, en la ciudad de Buenos Aires, existe una emergencia habitacional importante". señala Marta Liotto, vicepresidenta del Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la ciudad de Buenos Aires (CUCICBA).

Según la directiva, "el tema de los contratos a tres años es mucho tiempo y puede ser que esto produzca una baja grande en la oferta", opinó."Además, no llaman a los entendidos en la materia para debatir el tema. Es una lástima que no haya un intercambio de ideas", se quejó para finalmente preguntarse: "cuando algo funciona, para qué tocarlo?

También desde el Colegio de Abogados de la Capital Federal consideraron importante exhortar al Senado a que no apruebe el trámite legislativo.  “El proyecto resulta reprochable, en tanto implica la ruptura del sistema jurídico instaurado por el recientemente vigente Código Civil y Comercial de la Nación. Introduce un régimen de excepciones que vulnera los principios generales de ese cuerpo normativo, como la autonomía de la voluntad de las partes; el concepto de garantía, la circulación y ejecución de títulos de crédito, las reglas sobre consignación y compensación, el concepto de expensas ordinarias en la propiedad horizontal, entre otros.”, señaló entre otros puntos, la entidad en un comunicado.



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