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POLITICA

25 de junio de 2020

Diputados aprobó la regulación del teletrabajo

El presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Massa, durante la sesión virtual .

Por: Redacciòn FM Fleming"Magazine"

El proyecto, que contó con 214 votos, uno negativo y 29 abstenciones, será girado al Senado para convertirlo en ley. la ley entrará en vigor 90 días después de que finalice el aislamiento obligatorio.

La Cámara de Diputados aprobó el proyecto de regulación del teletrabajo por 214 votos a favor, uno negativo y 29 abstenciones, en una nueva sesión virtual que se prolongó por casi cuatro ahora, y giró la iniciativa al Senado para convertirla en ley.

El texto aprobado fija los derechos y obligaciones de quienes desarrollen el trabajo remoto y establece los derechos a la desconexión digital, la voluntariedad, la reversibilidad, la jornada laboral, la tarea de cuidados, la provisión de elementos de trabajo y la compensación de gastos.

También contempla el control de higiene y seguridad, los derechos sindicales, el derecho a la intimidad y la preservación de la información laboral, entre otros puntos.

La sesión, presidida por el titular de Diputados, Sergio Massa, comenzó con una larga serie de discursos políticos y luego se centró en el tratamiento del proyecto sobre el teletrabajo, que había obtenido un dictamen en mayoría con disidencias en la Comisión de Legislación del Trabajo.


El debate fue abierto por la diputada del Frente de Todos Vanesa Siley, titular de esa comisión legislativa, quien dijo que se iba a tratar la regulación del trabajo remoto luego de 18 años en que se presentó el primer proyecto sobre el tema y destacó que se consensuaron 20 proyectos distintos.

Manifestó que “hay un interés social en que el teletrabajo se regule” y señaló que en la comisión se pudo “lograr la conjunción de intereses contrapuestos”, aunque consideró que la legislación laboral “debe proteger a la parte más débil, que son los trabajadores”.

El radical Albor Cantard, vicepresidente de la Comisión de Legislación del Trabajo, afirmó luego que “el teletrabajo va a crecer, y mucho en el futuro”, por lo que se buscó fijar “un piso de derechos” dentro de “la mejor reglamentación posible”. No obstante, aclaró que el Interbloque de Juntos por el Cambio mantenía sus disidencias con los artículos 3, 4, 5 y 9 del proyecto que impulsa el oficialismo.

También habló Facundo Moyano, del Frente de Todos, destacó la tarea de la comisión que preside Siley y la posibilidad de haber fijado “pautas mínimas que significan derechos que luego se van a plantear dentro de los convenios colectivos” y advirtió que el teletrabajo “puede significar precarización laboral”, aunque pidió ocuparse del tema y debatir propuestas específicas porque “el 40% de trabajadores no registrados no surgen sólo del teletrabajo”.

El diputado Nicolás Medina, del PRO, fue el primero que planteó sus diferencias con el proyecto: dijo que uno de sus artículos, el 8°, “es violatorio de la potestad del empleador de dirigir las empresas” y que el contenido de la iniciativa “afectará a las pymes” si no se establecen incentivos fiscales.

Desde el sector informático no ocultaron su preocupación porque entienden que el proyecto no los tuvo en cuenta. La Cámara Argentina de la Industria del Software (CESSI) también hizo públicos sus cuestionamientos y advirtió que “ciertos incisos perjudicarían seriamente a la industria, limitando las posibilidades de inclusión y desarrollo que impulsa”, y consideró que “el exceso reglamentario agrega burocracia al normal funcionamiento de las organizaciones, desalienta el mantenimiento de las posiciones de teletrabajo y las posibilidades de nuevas contrataciones en todo el país”.

Los empresarios del software alertaron que el proyecto que votó la Cámara de Diputados “traería aparejada una caída de la recaudación estatal, debido a que muchos recursos serían contratados directamente desde el exterior” y aportó los siguientes datos: “por cada 10.000 Programadores Semi Senior que dejan de trabajar para empresas argentinas y lo hacen para el exterior, se pierden: $11.615 millones en salarios, que se pierden del PBI; $6.804 millones de pérdida de IVA ó U$ 500 millones de exportación, $4.474 millones Aportes Contributivos, lo que equivale a 18 mil jubilaciones mensuales por $20.000, $972 millones en Ingresos Brutos, $31 millones en Impuestos a las Ganancias de cada programador y, en definitiva, el Estado perdería $12.280 millones de recaudación por año”.

“Hay que promocionar el teletrabajo, es sano y más en este momentos. Le sirve a todo el mundo, pero parece que lo que se está haciendo con este proyecto es proteger a los trabajadores del teletrabajo. Y es al revés porque los beneficia. Se usa argumentos como a la defensiva. No hay que proteger nada, hay que fomentar la modalidad de una manera inteligente. Es necesaria una legislación pero en un contexto de colaboración e impulso, no de restricción. No tiene que ser sólo una reacción a la pandemia: es lo que viene”, aseguró Luis Galeazzi, presidente de Argecom, la cámara de exportadores de servicios.

“La ley del Teletrabajo se debería haber trabajado más con los sectores de la industria del conocimiento, donde nos afecta en la parte central de nuestra operación productiva. Este es un sector donde el teletrabajo existe desde hace tiempo, operando con cero conflictividad; siendo el único sector en esta pandemia que pudo seguir trabajando con casi todo el personal de forma remota. Si bien pudimos exponer nuestra problemática a los legisladores, hoy la ley va a sobre regular la actividad y generar desigualdades para los trabajadores. Sentimos que se perdió una excelente oportunidad de tener una ley moderna que se adecue al dinamismo de nuestro sector y que permita aumentar las oportunidades de trabajo”, aseguró Néstor Nocetti, cofundador de Globant.

”Cuando pensamos en la regulación de una práctica flexible, son más los peligros que los beneficios cuando eso se hace mal. No estamos en contra de que deban reglamentarse las condiciones del teletrabajo pero sí entendemos que debiera hacerse con el cuidado y con el tiempo suficiente para que todos los participantes en la relación laboral, tanto los beneficiarios como los empleadores, podamos poner nuestros puntos de vista. La reglamentación tiene que ser en beneficio de las condiciones actuales de empleo y de la creación de mayor trabajo, no generar el efecto contrario”, dijo Santiago Mignone, Socio a cargo de PwC.

”El teletrabajo en nuestra compañía es una práctica asentada y madura, hace más de 15 años que lo usamos. Estamos exportando desde América Latina y principalmente desde Argentina a 41 países en el mundo, es una práctica que balancea y coordina los servicios prestados desde las oficinas. Pienso que cuanta menos rigidez regulatoria haya más beneficioso va a resultar, como de hecho lo es. Las empresas logran flexibilidad operativa, una velocidad de respuesta muy oportuna y se deslocalizan las tareas, entre otros beneficios. Antes de que se decrete la pandemia ya teníamos a todas las oficinas de la compañía teletrabajando, desde Estados Unidos hasta la Argentina. El sector de la industria del conocimiento puede compartir muchas de las buenas prácticas aplicadas durante años para que esto sea un éxito. Para regular el teletrabajo hacia otros sectores se requiere un tiempo de análisis mayor para que no surjan imprevistos que tiendan a impedir más que a posibilitar”, agregó Roberto Wagmaister, CEO y fundador de Grupo Assa.

Durante el debate en Diputados, Dolores Martínez, de la UCR, elogió los consensos alcanzados en la comisión, aunque sostuvo que “no se puede legislar el futuro con criterios del pasado”, por lo que pidió “profundizar el debate pendiente sobre la incorporación al teletrabajo de la administración pública y la enseñanza”.

Mónica Frade, de la Coalición Cívica, tuvo a su cargo las críticas más duras contra el proyecto. “Nadie habló de la excelencia que debe tener una buena ley, que no debe reflejar los consensos sino ser un instrumento que no se convierta en generador de conflictos, como será esta ley”, aseguró.

Consideró que el proyecto oficial “se olvida que hay un marco que no podemos olvidar, que es la Ley de Contrato de Trabajo” y sostuvo que la iniciativa “surgió por el apuro de alguien y no por la necesidad de los trabajadores”, ya que “el progresismo de este país no ha querido contemplar aspectos fundamentales como la promoción de esta modalidad laboral en las pymes”.
El proyecto aprobado incluye el derecho a la desconexión digital, con la prohibición de que el empleador se comunique con el trabajador fuera de la jornada laboral, además del derecho de pautar horarios compatibles para quienes tengan que cuidar a menores de 14 años, personas con discapacidad o adultos mayores dependientes, aunque permite que “las pautas específicas para el ejercicio se este derecho se establezcan mediante la negociación colectiva”.

En la iniciativa también figura la voluntariedad, que contempla que “el traslado de quien trabaja en una posición presencial a la modalidad de teletrabajo, salvo casos de fuerza mayor debidamente acreditada, debe ser voluntario y prestado por escrito”.

Otro aspecto importante del proyecto es la reversibilidad, que permite que “el consentimiento prestado por la persona que trabaja en una posición presencial para pasar a la modalidad de teletrabajo podrá ser revocado por la misma en cualquier momento de la relación”. “En tal caso -puntualiza-, el empleador le deberá otorgar tareas en el establecimiento en el cual las hubiera prestado anteriormente, o en su defecto, en el más cercano al domicilio del dependiente, en el cual puedan ser prestadas. Salvo que por motivos fundados resulte imposible la satisfacción de tal deber”.

El proyecto fija la obligación por parte de las empresas de brindar el equipamiento (hardware y software), las herramientas de trabajo y el soporte necesario para el trabajo a distancia, mientras que la compensación por los mayores gastos en conectividad y/o consumo de servicios que deba afrontar la persona que trabaja bajo la modalidad del teletrabajo “operará conforme las pautas que se establezcan en la negociación colectiva” y quedará exenta del Impuesto a las Ganancias.

Contempla, además, que la jornada laboral “debe ser pactada previamente por escrito en el contrato de trabajo de conformidad con los límites legales y convencionales vigentes, tanto en lo que respecta a lo convenido por hora como por objetivos”, y establece que los teletrabajadores gozarán de “los mismos derechos y obligaciones” que las personas que trabajan bajo la modalidad presencial.

La iniciativa delega en el empleador la garantía de protección de la información laboral y le impide “hacer uso de software de vigilancia que viole la intimidad” y hay dos artículos que hablan de los derechos sindicales de quienes ejercen el teletrabajo, iguales a los de la modalidad presencial.

Se dispone, por otra parte, que “los sistemas de control destinados a la protección de los bienes e informaciones de propiedad del empleador deberán contar con participación sindical a fin de salvaguardar la intimidad de la persona que trabaja bajo la modalidad de teletrabajo y la privacidad de su domicilio”.

También se establece en el proyecto aprobado que “la autoridad de aplicación dictará las normas relativas a higiene y seguridad en el trabajo con el objetivo de brindar una protección adecuada a quienes trabajen bajo la modalidad laboral del teletrabajo” y se advierte que “el control del cumplimiento de esta normativa deberá contar con participación sindical”.

La iniciativa contempla “las prestaciones transnacionales de teletrabajo”: allí “se aplicará al contrato de trabajo respectivo la ley del lugar de ejecución de las tareas o la ley del domicilio del empleador, según sea más favorable para la persona que trabaja”. Agrega que “en caso de contratación de personas extranjeras no residentes en el país, se requerirá la autorización previa de la autoridad de aplicación” y que “los convenios colectivos, acorde a la realidad de cada actividad, deberán establecer un tope máximo para estas contrataciones”.

Por último, se dispone que la ley entrará en vigor 90 días después de que finalice el aislamiento obligatorio y obliga a las empresas que desarrollen el teletrabajo a registrarse en el Ministerio de Trabajo, “acreditando el software o plataforma a utilizar y la nómina de las personas que desarrollan estas tareas, las que deberán informarse ante cada alta producida o de manera mensual”. Y prevé que “esa información deberá ser remitida a la organización sindical pertinente”.
El proyecto impulsado por el oficialismo ya había recibido objeciones por parte de distintas entidades empresariales, tanto desde el sector industrial como de las que representan al comercio y las pymes, que fueron planteadas en una reunión informativa de la Comisión del Legislación del Trabajo.



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