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5 de julio de 2020

La Provincia publico la Resolución 38 del COE

Ricardo Villada y Matías Posadas hacen anuncios.

Por: Redacciòn FM Fleming"Magazine"

A raíz del incremento de los casos de coronavirus en los últimos dos días, se extiende la limitación de circulación por terminación de DNI para toda la provincia.

En conferencia de prensa y luego de un mensaje a los salteños brindado por el gobernador Gustavo Sáenz, el ministro de Gobierno, Derechos Humanos, Trabajo y Justicia, Ricardo Villada y el secretario General de la Gobernación, Matías Posadas informaron acerca de las nuevas medidas adoptadas por el Gobierno provincial a través del Comité Operativo de Emergencia (COE).

A raíz del incremento de los casos de coronavirus en los últimos dos días, el COE decidió prohibir el ingreso de personas que provengan de cualquier punto del país. En este sentido, el ministro Villada dijo que “de los 72.000 casos positivos que tiene el país, más del 90% corresponden a Buenos Aires y al Área Metropolitana”.

Mientras que los casos registrados en Salta llegan a 51, de los cuales 20 ya se encuentran recuperadas, pero solo en el día de hoy se registraron 14 casos positivos; 5 identificados por control sanitario de final de cuarentena, 6 por control de protocolos de actividad productiva o comercial y 3 por investigación epidemiológica por contacto con otros casos positivos.  

Además se informó que en los departamentos de San Martín, General Güemes y Orán se reforzarán los controles de circulación y movimiento de personas, como así también, algunas actividades comerciales, a partir del próximo lunes y por el periodo de una semana.

Al respecto, Matías Posadas manifestó que solo podrán ingresar a la provincia, el transporte de cargas, y ante situaciones especiales, siendo el COE quien determine el ingreso y la circulación.

Además informó que se amplia, para toda la provincia, la limitación de circular según la determinación del DNI para personas que deban concurrir a ferias, comercios, shoppings, etc. Recordó que los días lunes, miércoles y viernes, son para el número par, mientras que el martes, jueves y sábado para el impar.

Otra de las medidas adoptadas es la limitación de los deportes. Sobre este tema el secretario general de la Gobernación dijo que los permisos quedarán limitados solo a deportes individuales. Por último, expresó que las actividades del sector gastronómico, como las reuniones sociales y familiares, y gimnasios se permitirán hasta las 20 horas.

El Ministerio de Seguridad informa a la comunidad que cualquier incumplimiento que el vecino detecte en su barrio, puede ser reportado al 911, ponderando la importancia que tiene para el cuidado de la población, la ayuda del ciudadano. 

* Se prohibe el ingreso de personas de distintas lugares. Solo se permitirá el transporte de cargas y de abastecimiento. 

* Limitar la circulación y de actividades en los municipios de Güemes, San Martín y Orán durante siete días.

* Se restringe la asistencia a los comercios en todos los municipios de acuerdo a la terminación del DNI. Ese cambio ya se había implementado en las localidades con más de 30 mil habitantes. 

* Se vuelve un horario tope, las 20, para la actividad gastronómica y las reuniones familiares.

 

Resolución 38 del COE

En su Artículo 1°: Limitar el ingreso de personas a todo el territorio de la Provincia, a excepción del transporte de carga, actividades y servicios esenciales como salud y seguridad. Los casos excepcionales podrán ser analizados por el Comité Operativo de Emergencia de la Provincia.

El Artículo 2º: Limitar, en los términos del artículo 5° del DNU Nacional N° 576/2.020, la circulación en todo el territorio de la provincia, para la concurrencia a comercios, ferias, centros comerciales, shoppings, galerías y supermercados, quienes podrán asistir los días lunes, miércoles y viernes cuyo D.N.I finalice en número par (0, 2, 4, 6, 8), y los días martes, jueves y sábados cuyo D.N.I. finalice en número impar (1, 3, 5, 7, 9). Los comercios habilitados están obligados a exigir a sus clientes la exhibición de sus D.N.I y se abstendrán de realizar cualquier actividad comercial con las personas no habilitadas a tal fin en virtud de la terminación de su D.N.I.

La medida dispuesta en el presente artículo no será de aplicación para el sector gastronómico; espacios deportivos para actividad individual; espacios culturales; farmacias y ópticas; kioscos, drugstores, despensas y todo otro comercio de venta de productos de primera necesidad.

Artículo 3º: Establecer que todas las actividades, comerciales, recreativas, artísticas, familiares y sociales, deportivas, y gastronómicas, a excepción de aquellas esenciales, podrán funcionar hasta las 20.00 hs.

En el Artículo 4º: El COE limita el ejercicio de actividades deportivas en todo el territorio provincial, estableciendo que sólo podrán desarrollarse aquellas de carácter individual.

Artículo 5º: Limitar, en los términos del artículo 5° del DNU Nacional N° 576/2.020, la circulación de personas en todo el territorio de los departamentos de General José de San Martín, Orán y General Güemes, que sólo podrán realizar desplazamientos mínimos e indispensables para aprovisionarse de medicamentos y alimentos, así como el desarrollo de actividades y servicios esenciales exclusivamente, de las citadas en los artículos 13 y 14 del DNU N° 576/2.020.

Artículo 6º: Disponer que las conductas que transgredan las disposiciones dictadas en el marco de la emergencia sanitaria, y de la presente en particular, serán pasibles de las previsiones de los artículos 202, 205 y concordantes del Código Penal y lo establecido en la Ley N° 8.191.

Artículo 7º: La presente Resolución tendrá vigencia hasta el día 12 de julio de 2.020 inclusive.



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