12 de febrero de 2015
Funcionarios con cobertura legal por decreto
Por decreto, les dan cobertura legal a directores y funcionarios del Gobierno en empresas por eventuales fallos en contra cuando sean denunciados o imputados por su accionar en esas firmas.
Tendrán “indemnidad”, por lo que el Estado se hará cargo de su defensa y del gasto por eventuales fallos en contra cuando sean denunciados o imputados por su accionar en esas firmas. Sólo quedan excluidos los casos de dolo o culpa grave. La medida se aplica también para hechos preexistentes. Texto completo de la norma.
El Gobierno les dio, por decreto, un escudo legal para los directores, síndicos, consejeros y otros funcionarios designados en empresas y sociedades privadas. La indemnidad que surge de la norma firmada por la presidenta Cristina Kirchner implica que los gastos de la defensa y por los fallos en contra que puedan tener vinculados con su actuación en esas firmas correrán por cuenta del Estado con excepción de los casos de dolo o culpa grave.
El decreto 196/2015, publicado hoy en el Boletín Oficial, sostiene que como “la actuación de los funcionarios aludidos encuentra su origen en una designación estatal, deviene necesario que el Estados Nacional (…) asuma la asistencia profesional correspondiente, como así también las consecuencias de los eventuales procesos cuando (…) los referidos funcionarios sean demandados, intimados, denunciados, querellados, imputados o requeridos de cualquier otra forma”.
A partir de ese planteo, la norma establece que el Estado “garantiza la indemnidad” de esos funcionarios cuando sean “demandados, intimados, requeridos, denunciados, querellados o imputados por el ejercicio” de sus funciones en las empresas privadas en las que están o hayan estado designados y les brindará “la asistencia especializada necesaria para asegurar su defensa, representación o patrocinio legal” y que “los resultados de los eventuales procesos serán asumidos por las jurisdicciones, organismos o entidades que ejerzan la representación” de esos funcionarios “o del organismo de control del que dependan”.
Fuente:Agencias Buenos Aires
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