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POLITICA

21 de diciembre de 2020

Polémico sobreseimiento a Pablo Moyano en la causa por defraudación

La Justicia cerró la investigación en contra de Pablo Moyano

Al hijo de Hugo se lo había imputado como jefe de una asociación ilícita que se dedicó a defraudar al club de Avellaneda. El fiscal apelará la resolución de la jueza Brenda Madrid.

Días después de que Hugo Moyano se reuniera con el presidente Alberto Fernández, la jueza Brenda Madrid firmó este lunes una resolución en la que desligó de cualquier responsabilidad a Pablo Moyano en la causa donde se lo había imputado como jefe de una asociación ilícita que se dedicó a defraudar al Club Independiente. La fiscalía apelará la resolución, confiaron fuentes judiciales a Clarín. 

El 19 de octubre, el fiscal Sebastián Scalera había enviado al hijo del líder del Sindicato de Camioneros a juicio oral. Avanzó en el expediente después que en diciembre del año pasado, la jueza de Avellaneda Brenda Madrid había dado por clausurada la instrucción y envió a juicio oral al barra Pablo "Bebote" Álvarez como jefe de la asociación ilícita, junto a Damián Lagaronne, Roberto (Polaco) Petrov, Noray Nakis y Hector “Yoyo” Maldonado entre otros.

La acusación por la que esta primera parte del expediente fue elevada a juicio sostiene que "desde fecha indeterminada y al menos hasta el mes de noviembre de 2017, operaba una asociación ilícita integrada por un grupo variable y no determinado de personas del sexo masculino y femenino, todos mayores de edad, siendo parte de la misma una facción de la hinchada del club Independiente". Ese planteo fue respaldado por la Cámara Penal de Lomas de Zamora, al rechazar planteos de Nakis y Maldonado.

Sin embargo, esa primera parte del expediente no incluyó a Pablo y a Hugo Moyano, ya que el fiscal Scalera realizó un desdoblamiento de la causa en relación a Pablo Moyano (a quien los otros acusados llamaban "Salvaje"), Ayelén Petrov (hija del Polaco) y Carlos Zambrana ("Carlín" del barrio Pepsi). Todos ellos fueron indagados con posterioridad a los primeros procesamientos, lo que explica el retraso de su definición en el expediente.

En el segundo tramo de la causa se investigaba a Pablo Moyano como jefe de una supuesta asociación ilícita junto a una facción de la barra brava de ese club. Pero este lunes la jueza  Madrid decidió hacer lugar al planteo del abogado de Moyano, Daniel Llermanos, quien había requerido el sobreseimiento al sostener que no había pruebas que sustenten la imputación.

En su resolución, la jueza indicó que "de los elementos recolectados en la presente investigación, no se desprende de ninguna de ellas la participación del mismo en los hechos objeto de estudio".

Para el fiscal Scalera, quien insistirá en su apelación con el argumento, se acreditó que Pablo Moyano y “Bebote” Álvarez fueron líderes de la organización criminal investigada, motivo por el cual en este último requerimiento se imputa al hijo de Hugo Moyano la comisión del delito de asociación ilícita en calidad de jefe.

Según el fiscal, la organización criminal investigada "tuvo su génesis durante los últimos tiempos de la presidencia en el club de Víctor Javier Cantero, cuando, según lo explicado por “Bebote” Álvarez, éste fue convocado por Pablo Moyano para consensuar un plan común que tuvo como fin desestabilizar al Cantero y lograr su salida anticipada (por medios coactivos) y, de esta manera, allanar el desembarco de los Moyano en la conducción de la institución".

"La prueba demuestra que el plan para forzar a Cantero a dejar la presidencia del Club consistió en actos ilícitos realizados por la barra brava: “aprietes” decididos, promovidos, validados y subvencionados por Pablo Moyano, Nurahi Nakis y Héctor Maldonado", había remarcado en su pedido de elevación a juicio.

La jueza Brenda Madrid, sin embargo, sostuvo que en lo que respecta a la mencionada defraudación al Club Atlético Independiente mediante la gestión, obtención, impresión oculta y reventa de entradas, protocolos de acceso a los espectáculos deportivos de dicha institución, bonos y cuotas sociales por fuera del ámbito societario y sin ingresar el producido económico al patrimonio del Club; "debo decir que si bien sobre este punto ya me he expedido donde consideré que existía una organización criminal, entiendo que de las constancias reunidas en autos, no se encuentra acreditado que Moyano haya tenido participación en la misma".

Prosiguiendo con sus argumentos, la magistrada indicó que si bien existieron diversas acciones destinadas a la "obtención de concesiones recíprocas que vincularon a una parte de la dirigencia del club con los integrantes de una facción de la barra brava del Club, no puede decirse que dichas acciones estuvieron propiciadas, digitadas ni organizadas por Pablo Moyano".

La jueza Madrid reemplazó a su colega Luis Carzoglio, suspendido de sus funciones por un jury de enjuiciamiento a causa de supuestas irregularidades en la gestión de otras causas judiciales que tramitaban en su juzgado. Carzoglio es un magistrado muy ligado al peronismo bonaerense referenciado en los intendentes del conurbano.

Bajo esta misma línea de argumentos, y rechazando la imputación del fiscal Scalera, Madrid señaló que "la circunstancia que estemos ante un hecho criminal no significa que todas las personas que allí se mencionan como partícipes y respecto de las cuales ya me he expedido, sean quienes efectivamente estén involucradas, al menos en base a la prueba que respecto de Moyano logró recolectar el señor Fiscal".

En este caso se analizó la declaración como imputado colaborador de Pablo "Bebote" Álvarez. Al referirse a la misma, la jueza Madrid entendió que si bien realizó una "minuciosa descripción de los supuestos acuerdos que efectuó con el líder sindical, describiendo lugares, fechas, y personas que tenían conocimiento de ello", tras el estudio con los restantes elementos de prueba valorados por la Fiscalía, "entiendo que sus dichos han quedado huérfanos de todo otro sustento probatorio", concluyó.

Sin descartar la posibilidad de que efectivamente haya existido algún tipo de reunión entre miembros del club y la denominada barra -prosiguió la magistrada-, "no existe prueba alguna que acredite que en el marco de las mismas Pablo Moyano haya acordado la formación de una banda delictual destinada a la gestión, obtención, impresión oculta y reventa de entradas, protocolos de acceso a los espectáculos deportivos de dicha institución, bonos y cuotas sociales por fuera del ámbito societario y sin ingresar el producido económico al patrimonio del Club".

En el tramo final de su resolución, y tras estos planteos, indicó que "con los elementos reunidos en autos, no resulta posible tener por probada la participación de Pablo Hugo Antonio Moyano en la asociación ilícita, ni la Fiscalía ha podido acreditar a pesar de los númerosos elementos mencionados en su libelo, que el mismo haya participado en su calidad de Jefe", y sobreseyó de todas las acusaciones al hijo del Líder de Camioneros. 



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