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LOCALES

3 de agosto de 2022

Más de 8.500 familias esperan el plan

Silvina Abiles, ante los senadores justificó las quejas por demoras del plan "Mi Lote" se debieron a que esos terrenos fueron ocupados para construir viviendas.

 Las familias que todavía esperan corresponden a grupos que cumplieron con los requisitos. En total la inscripción online llegó a 46.230, pero les falta completar la documentación.

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En la mañana de hoy, Silvina Abiles, coordinadora del Plan Mi Lote, presentó un informe ante la Cámara de Senadores sobre los avances de programa provincial y los cuestionamientos por la demora de la entrega de los loteos a los inscriptos.

Abiles sostuvo que “los terrenos que se fueron consiguiendo en estos años la mayoría se ocupó para viviendas” y que este fue el motivo por el que se observó una demora en la entrega del Plan.

Si vemos que ya se han entregado casi 3.000 viviendas y tenemos otras 3.000 en ejecución, sumado a que hay 2.000 en proceso de licitarse vemos que los lotes son muchos”, especificó la funcionaria provincial.

La coordinadora dio a conocer que al momento hay 8.500 personas inscriptas en el Instituto Provincial de la Vivienda (IPV) para acceder a un lote o a una casa.

A través de la incrpción online se registró que el déficit habitacional en la Provincia asciente a un total de 46.230 familias que necesitan un techo.

“En cuanto a solamente lotes en la provincia hay inscriptos 270 familias que presentaron documentación para acceder, pero cuando hay que completar la ficha, este número baja significativamente, porque no cumplen con algún requisito”, explicó Abiles.

Falta de tierras

La funcionaria expuso ante los senadores que el principal obstáculo que encuentra el plan "Mi Lote" es la falta de terrenos estatales de los que se pueda disponer para avanzar con los loteos.

Destacó la necesidad del avance de las expropiaciones por parte de las cámaras legislativas, dado el aval de utilidad pública que le colocan los legisladores a los terrenos que se buscan expropiar.

“Muchas de las expropiaciones que estaban destinadas al plan mi lote fueron ocupadas para vivienda”, insitió Abiles.

Por otro lado la funcionaria destacó que en el interior provincial se encuentra una disponibilidad mayor a la que hay en el área metropolitana, por lo que solicitó a los senadores avanzar con la expropiación de tierras en Cerrillos y Capital para dar abasto con la demanda en los inscriptos al plan.

El trámite es únicamente virtual y puede realizarse de forma paulatina para evitar la saturación del sistema. En las primeras horas se recibió más de 2.600 solicitudes.

Requisitos de la inscripción

El Gobierno de Salta por medio del Instituto Provincial de Vivienda (IPV) dejó habilitadoa la inscripción virtual para el plan provincial de Urbanización Social y Regularización Dominial “Mi Lote” a través de la web del organismo www.ipvsalta.gob.ar. En las primeras horas fueron más de 2.600 las solicitudes para completar el formulario que da inicio a la inscripción, la mayoría de Capital. De ese total, un porcentaje mínimo fue denegado por tener inscripción, poseer inmueble, no tener grupo familiar, entre otras razones.

El titular del IPV, Gustavo Carrizo, aclaró a los interesados que «hay tiempo para realizar el trámite ya que no tiene fecha de cierre, por lo que lo pueden hacer en forma paulatina para evitar colapsar el sistema. Es válido para toda la provincia”, al tiempo que comentó que «la dirección de mail que se solicita es personal y necesaria para obtener el código que permite acceder al formulario. Algunas veces llega como spam o correo no deseado, por lo que sugerimos verifiquen las carpetas dentro de su casilla de correo».

Para iniciar la inscripción deben ingresar a www.ipvsalta.gob.ar, hacer click en el banner Mi Lote, desde donde se desplegará una página donde se puede visualizar los íconos: “preguntas”, encontrarán un cuestionario con las inquietudes más frecuentes para que sean evacuadas al momento y la solapa “requisitos”. Más abajo está la opción «iniciar solicitud» donde deben hacer clic una vez reunidos los requisitos. Se le solicitará ingresar un correo electrónico, luego tendrán que validar y aguardar el código que les llegará a su cuenta de mail. Tendrán que ingresar el código obtenido y completar todos los campos habilitados del formulario. Se recuerda que el mismo tiene carácter de declaración jurada, en caso de encontrar datos falsos se dará la baja inmediata.

Luego, los postulantes recibirán otro mail donde se confirma o no la solicitud. Cumplido este paso, deberán aguardar que el IPV los llame para formalizar la inscripción con la documentación respaldatoria, el plazo del trámite es de hasta un año calendario, por tal motivo las familias que ya tienen inscripción en el IPV y tengan que actualizar sus fichas para adherirse al plan deberán aguardar finalice en la provincia las restricciones por la cuarentena, para gestionar su turno.

Finalmente, Carrizo llevó tranquilidad a las familias que esperan con ansias generar el trámite y aclaró que «ninguna que cumpla los requisitos vigentes y desee participar de los sorteos quedará sin la posibilidad de inscribirse o renovar su ficha, estamos atravesando una situación de pandemia mundial, por lo que nos vemos afectados en la atención al público y debemos restringirla para cuidar la salud de todos».

El sector agroexportador y la industria energética fueron los destinatarios principales de las medidas anunciadas esta tarde por el flamante ministro de Economía, Sergio Massa.

Las medidas fueron largamente esperadas, por los actores económicos y la ciudadanía en su conjunto, desde fines de la semana pasada, con expectativas pero también dudas sobre el impacto que pueden tener en el sector productivo.

El ministro dividió las líneas de trabajo en cuatro ejes, orden fiscal, superávit comercial, crecimiento de reservas internacionales y desarrollo con inclusión, a lo que se suman cuatro motores: inversión, producción, exportaciones y defensa del mercado interno.

 


Plan Provincial Mi Lote
REQUISITOS IMPRESCINDIBLE PARA INSCRIPCIÓN PLAN
PROVINCIAL MI LOTE

Ser mayor de edad.
Ser argentino nativo o por opción (Únicamente los titulares de Ia ficha social).
Poseer grupo familiar estable de personas convivientes, unidas entre sí por relación de pareja (legales o de hecho), consanguíneos en línea directa descendente o ascendente de primer grado.
Además podrán constituir grupo familiar aquellas personas unidas entre sí por lazos consanguíneos colaterales de primer grado (hermanos), mayores de 40 (cuarenta años), siempre que acrediten su convivencia y residencia bajo el mismo techo en forma permanente y cuyo estado civil fuere: solteros, viudos o divorciados.
Acreditar residencia en Ia localidad donde se solicita el lote de interés social, debiendo estar asentado en el Documento Nacional de Identidad del solicitante y de todos los integrantes del grupo familiar declarado.
No resultar titular, cotitular y/o usufructuario de un inmueble, comprador por boleto de compra venta y/o cesionario de derechos y acciones hereditarias y/o posesorios de bienes inmuebles situadas en el territorio de Ia Nación.
 No haber sido, ninguno de los miembros del grupo familiar, beneficiario en forma efectiva coma titular a cesionario, de ningún plan, programa a beneficio del estado nacional, provincial, municipal de acceso a lote o vivienda. Queda exceptuado únicamente el supuesto en que el postulante acredite haber formado otro grupo familiar con menores a cargo.
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR PARA LA INSCRIPCIÓN PLAN
PROVINCIAL MI LOTE

Fotocopia del Documento Nacional de ldentidad de todos los integrantes del grupo familiar a declarar, debiendo presentarse los originales, para su verificación al momento de Ia inscripción.
Partidas de nacimiento de todo el grupo familiar (actualizadas en el caso de modificaciones).
 Los vínculos de matrimonio y unión convivencial, se acreditarán mediante presentación de las correspondientes actas actualizadas, en un plazo no mayor de 6 (seis) meses de emitidas par Ia Dirección General del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas.
Las uniones de hecho se acreditarán con Ia presentación de las partidas de nacimiento de los hijos habidos de dicha unión.
En los supuestos de uniones de hecho sin hijos en común, deberá presentarse el acta de Unión Convivencial expedida por Ia Dirección General del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas.
En el supuesto de titular solo, con hijos reconocidos por ambos progenitores, deberá presentarse constancia que acredite el Cuidado Personal Indistinto a Unilateral acreditando que el/los hijos residen de manera principal en el domicilio de quien se inscribe, otorgada por Juez competente.
En el supuesto de titular viudo, se deberá presentar acta de Matrimonio y certificado de Defunción del cónyuge.
En las solicitudes formuladas par titular divorciado, el estado civil se acreditará mediante presentación de Ia Sentencia de Divorcio. En el supuesto de constatarse inmuebles de carácter ganancial, el postulante deberá demostrar que no le fueron adjudicados en Ia división de bienes.
Los ingresos se acreditarán en forma verificable o formularios de AFIP, con Ia presentación de recibo de haberes percibidos y/o declaración jurada de ingresos mínimos.
 Si alguno de los integrantes del grupo familiar a declarar padeciere de discapacidad o enfermedad grave, se deberá presentar Certificado expedido por Ia Secretaria de Discapacidad y Políticas Inclusivas (C.U.D.), especificando el grado de discapacidad, con el fin de determinar Ia admisibilidad en el padrón de discapacitados.
Certificado original de Residencia y Convivencia expedido por Ia Seccional Policial correspondiente, de no más de dos meses de expedido, a los fines de determinar el domicilio real del grupo familiar, con número de catastro y/o propietario, dejándose expresamente establecido que en él se realizarán y serán válidas todas las notificaciones que el I.P.V. remitiere a los interesados.
A los fines de acreditar Ia calidad de inquilino, el solicitante exhibirá el original del contrato de alquiler y presentará el último recibo abonado.
Certificado de escolaridad de los menores inscriptos a partir de los 4 años.
Y toda otra documentación que a criterio del Organismo fuere necesaria con el fin de constatar Ia veracidad de lo declarado.

 

 

 



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