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FINANZAS Y MERCADO

16 de febrero de 2016

AFIP:Desde abril se terminan las facturas en papel en algunos comercios

La AFIP había postergado hasta el 31 de marzo la emisión de la factura electrónica, para todos los contribuyentes inscriptos en el IVA, para darles más tiempo a implementar el sistema y financiar los mayores costos

A partir del primero de abril los responsables inscriptos en el Impuesto al Valor Agregado (IVA) deberán generar factura electrónica en operaciones de venta de bienes, locaciones y la prestación de servicios de acuerdo con lo dispuesto por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).


Desde esa fecha todos los inscriptos en el IVA deberán también cumplir mensualmente con el Régimen de Información de cada una de las operaciones de sus compras y ventas, por Internet ante la AFIP.
Están incluidas dentro de la nueva modalidad de facturación los comprobantes tipo "A", "A con CBU", "M" y "B", según lo dispuso el organismo.


La AFIP había postergado hasta el 31 de marzo la emisión de la factura electrónica, para todos los contribuyentes inscriptos en el IVA, para darles más tiempo a los contribuyentes para implementar el sistema de facturación sin papel y financiar los mayores costos en adquirir sistemas o con dificultades para acceder a Internet para operar la factura electrónica.


Siguen excluidos de la factura electrónica los comercios que utilizan controladores fiscales y también las operaciones que se realizan en el domicilio del cliente.
Entre los que quedan alcanzados por la nueva directiva de la AFIP figuran las empresas de medicina privada, galerías de arte, establecimientos de educación privada, los dueños de inmuebles rurales o con fines turísticos, quienes tendrán que generar factura electrónica a partir de abril.


Para los monotributistas el uso de la factura electrónica continúa todavía a partir de la categoría "H" en adelante; con la excepción que la prestaciones de servicios o la venta de los bienes que se efectúen en el propio local mientras que los que están exentos en el IVA tienen la opción de adherir en forma voluntaria a la factura electrónica tipo "C".


El organismo autoriza hasta ahora a facturar las operaciones de venta de bienes o prestación de servicios desde un dispositivo móvil (teléfonos celulares o tabletas) a los inscriptos en el IVA y los monotributistas que se encuentran inscriptos a partir de la categoría "H", en la medida que no utilicen controladores fiscales o entreguen bienes o presten servicios en domicilios.
Voz de los expertos


La modalidad electrónica para el registro de las ventas de bienes y servicios da un gran paso este año. La factura en línea implica ingresar con clave fiscal en la página de la AFIP y optar por el servicio de "Comprobantes en línea", para seguir los pasos y generar así el documento (si no aparece esa alternativa entre las habilitadas hay que clikear en "Administración de Relaciones de clave fiscal" y luego en "Adherir servicios"). Para poder emitir comprobantes, se requiere habilitar un punto de venta diferente a los utilizados con los talonarios de papel.


Esa opción es la más elegida por las personas físicas. Están obligados los autómonos y también los monotributistas ubicados en las categorías H, I, J, K y L, es decir, los que facturan más de $240.000 al año. Hay algunas excepciones, entre ellas las tareas realizadas a domicilio como las de un plomero.


Cuando se trata de contribuyentes que emiten muchos comprobantes, lo recomendado es el uso de Webservices o el aplicativo. "Allí ya se genera una base de datos de clientes o códigos de mercaderías y eso simplifica la emisión", explican Natalia Neuman y Agustina Pellegrini, del estudio Schipani & Asociados.


En estos casos sí se necesita el desarrollo de un software a medida que se vincule automáticamente con la página de la AFIP.
El organismo otorga la habilitación de las facturas al asignar el Código de Autorización Electrónica (CAE). Y la validez de una factura se chequea en línea: quien la recibe ingresa en la opción de "constatación de comprobantes electrónicos" y, tras tipear datos que están en el documento, el sistema informa si su emisión había sido autorizada.


De esta manera, la Argentina se encamina hacia la casi totalidad de las operaciones registradas en forma electrónica. Eso acercará al país a niveles de facturación de este tipo de más del 90%, "como los que en la región ya tienen Brasil y México", según afirma Pablo Sanucci, CEO de InvoiNet, una firma dedicada a la administración de comprobantes en la nube. Sanucci explica que desde estas plataformas se gestiona también la relación con el cliente: por ejemplo, se reciben reclamos que pueden responder a una falta de coincidencia entre lo facturado y la mercadería recibida.
Ante el tipo de situaciones que llevan a anular facturas, la tachadura que antes se trazaba con birome sobre el papel es reemplazada por la emisión de notas de crédito.
Más allá de las cuestiones de implementación, en el uso de la factura electrónica se reconoce un efecto de reducción de costos administrativos "que es mayor en las pymes que en las grandes empresas", según describe Sebastián Mancuso, director de GNP Consultores. Desde el punto de vista de la recaudación, agrega, la disponibilidad inmediata de los datos "de gran parte de la facturación emitida" redundará en mayor poder de fiscalización.

Fuente:Agencias de Consultores-Economìa 



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