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POLITICA

21 de abril de 2016

Dólar futuro: argumentos de Bonadio para rechazar la recusación de Cristina

El juez, que la citó a declarar en la causa por la venta de dólar futuro, aseguró que él no tiene una “enemistad manifiesta” con la ex mandataria. Y recordó que ella lo llamó “pistolero” y “extorsionador”.

El magistrado fundamentó su fallo en el hecho de que -afirmó- no existe enemistad manifiesta entre ambos. Aunque fue tajante al asumir que CFK no lo considera con aprecio alguno, sostuvo que ese sentimiento no es mutuo, por lo menos para lo que dicta la ley.

 

“Si bien etimológicamente ‘enemistad’ significa aversión u odio entre dos o más personas, como en este supuesto procesal lo que se quiere proteger es la garantía de imparcialidad del juzgador, para tornar operativo el apartamiento sólo interesa o resulta suficiente ‘la del Juez hacia la parte, no bastando ni aún que la parte se declarara enemiga del juez’”, señala. Y agrega: “Que el interesado [es decir Cristina] sienta enemistad respecto del juez no justifica la separación de éste, en tanto ese estado de ánimo no provoque o concluya en reciprocidad, al no afectar su imparcialidad”.

En partes que parecen ser irónicas, el juez elogia los conocimientos del abogado defensor de Cristina, Carlos Alberto Berardi, pero solo cuando lo rebate con un argumento contrario. “No puede escapar al elevado conocimiento del letrado defensor de la imputada que la causal de recusación prevista por este inciso [el de la enemistad manifiesta], se considera fundada sólo en el supuesto de que el estado de espíritu de la enemistad, odio o resentimiento, se manifiesten por actos externos que le den estado público”.

Cristina cuando declaró ante Bonadio en Comodoro Py.

Dice: “Debe exteriorizarse en hechos o actos que demuestren con claridad ese estado de ánimo, y como puede advertirse en las notas periodísticas no hay ninguna manifestación de este Juez fuera de lugar, ni siquiera irrespetuosa y mucho menos con contenido de odio o que encierre animadversión hacia la Sra. Cristina Fernández, muy por el contrario, este Magistrado se abstiene justamente de realizar apreciaciones a su respecto”.

Bonadio se refiere a dos notas periodísticas que la defensa de CFK aportó como pruebas.  Una de ellas, titulada “El juez Bonadío desafió a Cristina”, en la que el magistrado responde la acusación de “pistolero” que le hizo la entonces jefa de Estado: “Esa es una opinión y yo también tengo opiniones sobre ella pero las guardo para mi ámbito privado”.

Otra, bajo el textual “Ahora nadie me viene a patear la puerta del juzgado”, en la que afirma: "Uno trabaja absolutamente tranquilo, hace las cosas que cree que tiene que hacer y las cámaras revisan lo que uno hace, a veces lo confirman y a veces lo rechazan. Nadie viene a golpear o patear la puerta del juzgado".

En ese sentido, Bonadio afirma que la enemistad “debe ser manifiesta, esto es, exteriorizarse de tal modo que sea posible medir su intensidad” y esgrime que no es recíproca. Lo hace poniendo un ejemplo gráfico: “Si luego de alguna de las referidas manifestaciones de Cristina Fernández, calificando a este Magistrado de ‘juez pistolero y  extorsionador’, el suscripto hubiese interpuesto algún tipo de acción penal o civil contra la nombrada”.

“Esto sin embargo, no ha existido como no ha existido ningún otro tipo de aversión por parte del suscripto hacia quien pretende por esta vía mi apartamiento de la presente investigación”, sentencia.

En otro párrafo del fallo de 11 páginas, Bonadio se muestra sorprendido por el accionar del abogado de Cristina, que para pedir su apartamiento cita un pedido de juicio político hecho por Julián Álvarez, ex funcionario de La Cámpora, y también por el abogado Gregorio Dalbón.

Julián Álvarez cuando era miembro de la Magistratura.

Bonadio sostiene que el 7 de abril pasado, ante un escribano público, el ex secretario de Justicia expresó que denunció al juez ante la Magistratura “siguiendo expresas instrucciones de su titular Cristina Elizabet Fernández de Kirchner” y manifiesta que le parece llamativo el interés de Cristina en su trabajo. Lo dice así: “Resulta curioso que la máxima autoridad del Estado se interesase personalmente o estuviera al tanto del trámite seguido en cada una de las causas de esta judicatura en la que se dictaron las medidas procesales que alude el Dr. Álvarez en aquella presentación”.  

Sobre la denuncia de Dalbón explica que fue desestimada por inexistencia de delito.

“Asombran sobremanera al suscripto las razones expresadas por el letrado, que quiero pensar se deben más a una imperiosa necesidad por buscar motivos –inexistentes- para el apartamiento, más que a un total desconocimiento del régimen procesal penal”, critica el juez, que ayer fue imputado en otra causa en el marco del dólar futuro a raíz de una contradenuncia presentada por diputados K.



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