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ECONOMIA

17 de mayo de 2016

Pymes: Elevaron el tope de retención de Ganancias e IVA

Desde la AFIP se determinó bajar la presión impositiva a las pequeñas y medianas empresas. Los cambios benefician a casi un millón de Pymes.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) elevó 400% el monto mínimo a partir del cual se retiene el Impuesto a las Ganancias y 135% en el caso del IVA, tributo este que las pequeñas y medianas empresas podrán pagar trimestralmente sin intereses, en vez de mensualmente como hasta ahora.

El aumento de los topes fue informado a través de un comunicado en el que se destaca que se trata de “nuevos beneficios que mejoran el capital de trabajo” de las PyMEs.

Ambas medidas -que alcanzan a los responsables inscriptos en IVA, tanto personas físicas como jurídicas- significan menos retenciones para ese segmento empresario, lo que a su vez “permitirá absorber los saldos a favor que pudieran tener originados en esas retenciones", explicó el organismo.

El paquete de beneficios incluye la simplificación de los mecanismos para obtener el certificado de exclusión de retenciones, ya que las microempresas deberán demostrar como único requisito dos meses consecutivos de saldos a favor de libre disponibilidad.

Para el resto de las PyMEs se reduce a la mitad el requisito de la proporción de los saldos a favor de libre disponibilidad sobre el promedio de IVA determinado en los últimos 12 meses (antes 20%, ahora 10%) .

El objetivo de las disposiciones, resaltó la AFIP, es “mejorar el capital de trabajo de los contribuyentes, ya que en la actualidad algunas empresas facturan el IVA sin haberlo cobrado efectivamente de sus clientes”.

En cuanto al pago trimestral, la resolución general 3878, publicada en el Boletín Oficial, excluye a las micro, pequeñas y medianas empresas que desarrollen actividades de la construcción y minería.

La AFIP justifica la medida a fin de posibilitar el crecimiento de las MiPyMEs, así como también simplificar los procedimientos para la obtención del certificado de exclusión de los regímenes de retención, percepción y/o pago a cuenta del IVA.



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