JUSTICIA
1 de octubre de 2020
El Consejo de la Magistratura le pidió rechazar el per saltum
Alberto Lugones, presidente del Consejo de la Magistratura. Foto gentileza
El Consejo de la Magistratura sostiene que su actuación no definio los traslados y que la demanda tendría que ser contra el Gobierno y el Senado.
El Consejo de la Magistratura le pidió a la Corte Suprema que rechace el per saltum de los jueces trasladados. Lo hizo al contestar la demanda de los magistrados Bruglia, Bertuzzi y Castelli. Sostuvo que su actuación no definio los traslados y que la demanda tendría que ser contra el Gobierno y el Senado.
El Consejo de la Magistratura de la Nación le pidió hoy a la Corte Suprema de Justicia que rechace los per saltum que presentaron los jueces federales Leopoldo Bruglia, Pablo Bertuzzi y Germán Castelli para continuar en sus cargos de magistrados a los que fueron trasladados.
El Consejo de la Magistratura realizó el pedido a través de su presidente Alberto Lugones y en un escrito de 39 páginas, contestó la demanda que plantearon los jueces. La Corte le había dado el martes al Consejo un plazo de 48 horas para que respondiera la demanda. Con la contestación ahora será el turno de que dictamine el procurador general de la Nación, Eduardo Casal, sobre la validez o no de los traslados.
“Ninguna intervención le cabe a este Cuerpo en cuanto al fondo de la cuestión debatida”, dijo el Consejo sobre la discusión de los traslados, y agregó que “la cuestión se ubica dentro de la esfera de competencias privativas de otros Poderes del Estado, como lo son el Poder Ejecutivo Nacional y el Honorable Senado de la Nación”.
La discusión está centrada en la Resolución 183 por la cual el Consejo aprobó revisar los traslados de 10 jueces por considerar que se hicieron de manera irregular y remitió ese dictamen al Poder Ejecutivo. El gobierno de Alberto Fernández envió los casos al Senado, que analiza si los traslados fueron correctos o no. En los casos de Bruglia, Bertuzzi y Castelli, ya los rechazó porque no se presentaron a la audiencia en la Cámara alta. Luego, el Poder Ejecutivo publicó los decretos en los que ordenó que los jueces vuelvan a sus cargos anteriores.
“Debe ponerse de relieve que la intervención que le cabe a este Cuerpo en el procedimiento de traslado de magistrados se limitó a la mera emisión de una recomendación al Poder Ejecutivo Nacional –como tal de carácter no vinculante–”, explicó el Consejo en su presentación ante la Corte, y detalló que esa intervención fue con las facultades que le da la Constitución Nacional como órgano encargado de la selección de magistrados.
Así, el Consejo señaló que la demanda de los jueces está mal planteada porque debería ser contra el Poder Ejecutivo o el Senado, que son los que tomaron la decisión de revocar los traslados. “En resumen, no se advierte en la acción deducida y tampoco en el recurso extraordinario federal por salto de instancia interpuesto, una explicación tangible acerca del agravio concreto que ocasionaría a los amparistas la resolución plenaria n° 183/20”, sostuvo el organismo, que le pidió a la Corte que rechace los per saltum.
Por su parte, los tres jueces entienden que sin la actuación del Consejo, el resto de los pasos no se hubieran dado, por lo que piden que se declare la inconstitucionalidad de la Resolución 183. El Consejo ratificó lo que había dicho por mayoría cuando revisó los traslados: que esas decisiones están incompletas porque no tuvieron acuerdo del Senado y por lo tanto no puede ser considerada como una designación.
La misma respuesta que el Consejo dio hoy ya la había expresado en las dos causas que los jueces –Bruglia y Bertuzzi en conjunto– iniciaron en el fuero contencioso administrativo federal. Los magistrados recurrieron en per saltum a la Corte y el máximo tribunal decidió este martes aceptar el planteo para resolverlo. Para eso, el máximo tribunal sostuvo que se trataba de un caso de gravedad institucional que habilitaba al per saltum.
El Consejo entendió que no hay gravedad institucional. “Dicha situación ocurriría, en el concepto de V.E., sólo cuando el Juez –sin dar razón alguna y fundado en su exclusiva opinión personal– fallara apartándose de los extremos fácticos y legales del caso y arriba a una conclusión jurídicamente inaceptable, causando por tanto un daño a alguna de las partes o a ambas. Nada más lejos ha ocurrido en este caso”, explicó el organismo.
Con esta respuesta, el caso ahora pasará al procurador Casal, que también tiene 48 horas para dictaminar. Cuando Casal presente su opinión, los jueces de la Corte Carlos Rosenkrantz, Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti quedarán en condiciones de resolver.
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