POLITICA
5 de diciembre de 2020
El Senado convirtió en ley el Manejo del Fuego
Este año los incendios forestales afectaron más de 900.000 hectáreas, en 22 provincias.
La Cámara alta convirtió en ley el proyecto que prohíbe la venta y cambio de uso de tierras incendiadas por un plazo de entre 30 a 60 años, para evitar prácticas especulativas y emprendimientos inmobiliarios.
El proyecto establece que "no se podrá cambiar el uso" de las zonas afectadas por los incendios "para emprendimientos inmobiliarios o cualquier actividad agrícola que sea distinta al empleo y destino" que tenían al momento del incidente por un plazo de 60 años para los bosques y 30 años para zonas agrícolas.
Al abrir el debate, la miembro informante por el oficialismo, la titular de la comisión de Legislación General de la Cámara alta, Ana Almirón, advirtió que “este es un tema sumamente urgente” ya que este año los incendios forestales afectaron más de 900.000 hectáreas, en 22 provincias.
"Hay que repensar el accionar del fuego, el medio ambiente y el cuidado de la naturaleza. No podemos permitir que algunos vivos hagan negocios justamente con la afectación del medio ambiente", agregó y rechazó las críticas de opositores que sostienen que se trata de medidas contrarias a los productores agropecuarios.
A su turno, su compañera de bancada, la senadora Nora Giménez consideró que "con su aplicación, este proyecto logra disuadir a aquellos que buscan con estos incendios bajar el precio de la tierra y con ello apropiarse de ellas con un sentido especulativo y comercial".
En tanto, la senadora de Juntos por el Cambio y titular de la comisión de Ambiente y Desarrollo Sustentable, Gladys González, criticó el texto del proyecto, al señalar que “va en contra del principio de no regresividad”. “Establece plazos de 30 y 60 años para proteger ecosistemas que ya están protegidos a perpetuidad. Es una ley de enormes indefiniciones y esto hace que sea inaplicable", cuestionó.
En el mismo sentido, la senadora del PRO, Laura Rodríguez Machado, indicó: “a este proyecto lo van a declarar inconstitucional, no resiste análisis ante los tribunales”. “El derecho de propiedad no se puede coartar por otra ley, la intencionalidad de los incendios no se puede adivinar y prohibir al dueño que haga otra cosa con su campo”, completó.
El senador de Juntos por el Cambio, Alfredo De Angeli, exproductor agropecuario, pidió que la propuesta vuelva a comisión, pero su iniciativa fue rechazada tras una votación. "Esto no resuelve el problema de los incendios, para eso hay que hacer políticas de prevención, de control y de manejo. Están estigmatizando a los productores", aseveró.
Los senadores aprobaron modificar la ley 26.815, de Manejo del Fuego, para que se establezca que quedarán prohibidos desde la extinción de incendios realizar modificaciones en el uso y destino de esas superficies así como cualquier emprendimiento inmobiliario.
El artículo 22 bis establece que "en caso de incendios, sean estos provocados o accidentales, que quemen vegetación viva o muerta, en bosques nativos o implantados, así como en áreas naturales protegidas debidamente reconocidas y humedales, a fin de garantizar las condiciones para la restauración de las superficies incendiadas, se prohíbe por 60 años desde su extinción modificar en el uso y destino que dichas superficies poseían con anterioridad al incendio".
También se prohibirá durante ese lapso "la división o subdivisión, excepto que resulte de una partición hereditaria, el loteo, fraccionamiento o parcelamiento, sea parcial o total, o cualquier emprendimiento inmobiliario, distinto al arrendamiento y venta, de tierras particulares".
La propuesta prevé no permitir, además, "la venta, concesión, división, subdivisión, loteo, fraccionamiento o parcelamiento, total o parcial, o cualquier otro emprendimiento inmobiliario, distinto al arrendamiento, de tierras fiscales; y cualquier actividad agropecuaria que sea distinta al uso y destino que la superficie tuviera al momento del incendio".
En la iniciativa se establecen las mismas restricciones pero por 30 años en zonas agropecuarias, praderas, pastizales, matorrales y en áreas donde las estructuras edilicias se entremezclan con la vegetación fuera del ambiente estrictamente urbano o estructural.
Convenios de cooperación internacionales
Al inicio de la sesión, la Cámara alta aprobó por unanimidad tres acuerdos internacionales con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y de cooperación con las Repúblicas de Uruguay y de Italia.
El senador y excanciller del Frente de Todos, Jorge Taiana, valoró el acuerdo con el BID por considerar que "Argentina está en necesidad de recibir recursos financieros para inversión de apoyo".
Taiana precisó que Argentina recibe un promedio de 1600 millones de dólares anuales del BID y que este año esos fondos estarán rondando los 1800 millones.
Los senadores aprobaron también un acuerdo de Cooperación Mutua para la Vigilancia y Control del Espacio Aéreo entre Argentina y Uruguay, suscripto en Montevideo el 29 de agosto de 2012, con el objetivo de desarrollar la colaboración mutua en la lucha contra el tránsito de aeronaves supuestamente involucradas en actividades ilícitas transnacionales.
Además, se avaló el acuerdo de cooperación en el Sector de la Defensa entre el Gobierno de la República Italiana y el Gobierno argentino, suscripto en Roma el 12 de septiembre de 2016, con el fin de fomentar, facilitar y desarrollar la cooperación en el ámbito de la Defensa, de acuerdo con los principios de reciprocidad, igualdad e interés mutuo y de conformidad con sus respectivos ordenamientos jurídicos.
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